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Ir al trabajo con miedo, sentir que te están marginando sistemáticamente, recibir críticas constantes sin justificación, que te asignen tareas humillantes o que te ignoren delante de compañeros… Si reconoces alguna de estas situaciones en tu día a día laboral en Tenerife, puede que estés viviendo una situación de acoso laboral o mobbing. Y si es así, tienes derechos que puedes ejercer.

El acoso laboral es una de las formas de violencia más dañinas que existen en el entorno de trabajo, precisamente porque es invisible, porque deja poca huella física y porque la víctima suele culpabilizarse o minimizar lo que le está ocurriendo. En este artículo queremos darte las claves para entender exactamente qué es el acoso laboral según la ley española, cómo diferenciarlo de situaciones que no lo son, qué pruebas necesitas reunir y cuál es el proceso legal para obtener justicia y una compensación económica.


¿Qué es exactamente el acoso laboral o mobbing?

El término mobbing fue acuñado por el psicólogo alemán Heinz Leymann en la década de 1980 para describir un proceso de hostigamiento sistemático en el entorno laboral. En España, aunque no existe una definición única en el Estatuto de los Trabajadores, los tribunales y la doctrina han construido un concepto sólido a partir de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.

Para que exista acoso laboral en sentido jurídico deben concurrir los siguientes elementos:

Conductas hostiles y sistemáticas. No se trata de un conflicto puntual o de una discusión aislada con el jefe. El acoso laboral implica una pauta de comportamiento repetida en el tiempo, con una frecuencia que el Tribunal Supremo ha llegado a cuantificar como mínimo en conductas que se repiten «una vez por semana durante al menos seis meses».

Intencionalidad. Las conductas deben tener como objetivo dañar al trabajador, presionarlo para que abandone el puesto de trabajo, degradarlo psicológicamente o atacar su dignidad personal o profesional.

Asimetría de poder. Aunque el acoso puede producirse entre compañeros del mismo nivel jerárquico (acoso horizontal), lo más frecuente es que provenga de superiores jerárquicos (acoso vertical descendente) o, en ocasiones, de un grupo de trabajadores hacia uno solo.

Daño psicológico real. El acoso laboral genera consecuencias psicológicas documentables: ansiedad, depresión, insomnio, trastorno de estrés postraumático. La existencia de un diagnóstico médico que refleje estas consecuencias es un elemento probatorio muy importante.


Diferencia entre acoso laboral y conflicto laboral

Uno de los aspectos más complejos del acoso laboral es diferenciarlo de situaciones que, aunque incómodas o injustas, no tienen la entidad jurídica del mobbing:

Un jefe exigente que pide resultados de manera presionada no es acosador por el mero hecho de ser exigente. Un reparto de tareas que no te parece equitativo no es necesariamente acoso. Un conflicto entre compañeros con insultos o discusiones puntuales puede ser grave, pero no es en sí mismo mobbing. Incluso un despido injustificado o una sanción laboral abusiva tienen su propio cauce de reclamación sin necesidad de acudir a la figura del acoso.

Lo que convierte una situación difícil en acoso laboral es la sistematicidad, la intención de dañar y la continuidad en el tiempo. En Álamo Antúnez Abogados analizamos caso por caso porque la frontera puede ser difusa y porque el error de calificación puede afectar a la estrategia legal más adecuada.


Tipos de acoso laboral: no todo el acoso tiene el mismo origen

Antes de diseñar una estrategia legal, es importante identificar de dónde viene el acoso:

Acoso vertical descendente (bossing): Es el más frecuente. El acosador es un superior jerárquico que utiliza su posición de poder para presionar, humillar o marginar al trabajador. Puede hacerse asignando tareas degradantes, excluyendo al trabajador de reuniones importantes, criticando su trabajo en público, negándole información necesaria para hacer bien su trabajo, o vigilándolo de manera desproporcionada.

Acoso horizontal: El acosador es un compañero del mismo nivel. Este tipo es especialmente frecuente cuando hay competencia por un ascenso o cuando el trabajador pertenece a un grupo minoritario dentro de la organización. La empresa tiene responsabilidad si conoce la situación y no toma medidas para atajarla.

Acoso ascendente: Menos frecuente pero posible: un grupo de trabajadores acosa a un superior jerárquico, por ejemplo, cuando se incorpora un nuevo responsable que tiene maneras de trabajar distintas a las habituales.

Acoso sexual o por razón de género: Tiene un régimen jurídico específico y unas consecuencias agravadas. Cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico de naturaleza sexual que tenga como propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo, puede constituir acoso sexual.


Cómo probar el acoso laboral en Tenerife: las pruebas que necesitas

La prueba del acoso laboral es el principal desafío procesal en estos casos. La naturaleza de las conductas acosadoras hace que no siempre existan documentos escritos que las reflejen, y la empresa suele negar sistemáticamente los hechos. Por eso es fundamental empezar a construir el expediente probatorio desde el primer momento.

Comunicaciones escritas. Guarda todos los correos electrónicos, mensajes de WhatsApp, SMS o cualquier comunicación escrita en la que se refleje el trato que recibes. Haz capturas de pantalla con la fecha visible y guárdalas en un lugar seguro fuera del dispositivo corporativo.

Registro detallado de incidentes. Lleva un diario o cuaderno en el que anotas cada episodio de acoso con la mayor precisión posible: fecha, hora, lugar, qué ocurrió exactamente, quién estuvo presente, qué palabras se dijeron. Este tipo de documentación sistemática tiene un valor probatorio muy elevado ante los tribunales.

Testigos. Si hay compañeros que han presenciado episodios de acoso, es importante saber que podrías contar con su testimonio. No les pidas que «hagan algo» por ti en este momento: simplemente registra que estuvieron presentes en determinados incidentes para poder citarlos como testigos cuando llegue el momento.

Documentación médica. Acude a tu médico de cabecera o, si es necesario, a un psicólogo, y describe la situación que estás viviendo. El diagnóstico de ansiedad generalizada, trastorno depresivo o trastorno de adaptación vinculado al entorno laboral es una prueba capital para acreditar el daño que el acoso te está causando.

Denuncias internas. Si tu empresa tiene un protocolo de acoso laboral (obligatorio para las empresas con más de 50 trabajadores desde la aprobación de la Ley de Igualdad), utilízalo y deja constancia escrita de tu denuncia. Aunque en muchos casos el procedimiento interno no resuelve el problema, el registro de la queja y la respuesta (o la falta de respuesta) de la empresa es una prueba importante en el procedimiento judicial.

Informe de la Inspección de Trabajo. En algunos casos, puede ser conveniente presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Los inspectores tienen capacidad para personarse en la empresa, entrevistar a trabajadores y levantar acta de infracción. Un informe de inspección favorable tiene un peso probatorio muy significativo.


¿Qué puede reclamar la víctima de acoso laboral?

El trabajador víctima de acoso laboral en Tenerife puede reclamar por diferentes vías, que no son excluyentes entre sí y que un buen abogado laboralista puede articular de manera simultánea para maximizar la protección y la compensación:

Extinción del contrato por voluntad del trabajador (artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores). Esta es la vía más utilizada y la que mayor impacto económico tiene para el trabajador. Cuando el acoso laboral ha hecho imposible la continuación de la relación laboral, el trabajador puede solicitar al Juzgado de lo Social que declare extinguida la relación laboral con derecho a percibir la misma indemnización que correspondería a un despido improcedente (33 días por año trabajado, con el máximo de 24 mensualidades). Además, el trabajador puede percibir la prestación por desempleo.

Indemnización por daños y perjuicios. Con independencia de la extinción del contrato, el trabajador puede reclamar una indemnización por los daños psicológicos, morales y, en su caso, físicos que le ha causado el acoso. Los tribunales canarios han llegado a reconocer indemnizaciones de entre 10.000 y 80.000 euros en casos graves de mobbing, dependiendo de la intensidad y duración del acoso, de la gravedad del daño psicológico acreditado y de la conducta de la empresa.

Sanción a la empresa por la Inspección de Trabajo. Las conductas constitutivas de acoso laboral son infracciones muy graves según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, con multas que pueden llegar a los 225.018 euros.

Baja médica por contingencia profesional. Si el acoso laboral ha causado una enfermedad psicológica, esta puede ser reconocida como accidente de trabajo o enfermedad profesional, lo que implica que la baja se pague desde el primer día (y no desde el cuarto, como en la incapacidad temporal por contingencias comunes) y al 75% de la base reguladora en lugar del 60%.

Responsabilidad penal. En los casos más graves, las conductas acosadoras pueden constituir delitos de acoso (artículo 173.1 del Código Penal), con penas de prisión de entre seis meses y dos años, o delitos de trato degradante, amenazas o coacciones.


El papel de la empresa: obligaciones y responsabilidades

Desde la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y su desarrollo posterior, las empresas tienen obligaciones concretas en materia de prevención y respuesta al acoso laboral:

Las empresas con más de 50 trabajadores deben contar con un protocolo de acoso laboral y sexual aprobado con la representación de los trabajadores. Este protocolo debe establecer un procedimiento ágil y confidencial para la presentación de denuncias y la investigación de los hechos.

El incumplimiento de estas obligaciones no solo expone a la empresa a sanciones administrativas, sino que también refuerza la responsabilidad civil de la empresa en caso de que un trabajador sufra acoso laboral: si la empresa no tenía protocolo o no lo aplicó correctamente, su responsabilidad en el daño causado es difícilmente discutible.


La baja médica por acoso laboral: qué debes saber

Una de las consecuencias más frecuentes del acoso laboral es la necesidad de solicitar una baja médica. Muchas víctimas tienen dudas sobre si pedir la baja puede perjudicarles (por ejemplo, si la empresa aprovecha la baja para despedirles). Aquí te damos las claves:

El despido durante la baja médica está sujeto a restricciones importantes y puede ser declarado nulo si hay indicios de que el despido es una represalia por haber denunciado el acoso. Esto convierte al despido en una situación jurídicamente más grave para la empresa.

La baja médica por acoso puede ser tramitada como accidente de trabajo o enfermedad profesional. Para ello es necesario que el médico de cabecera la remita a la mutua laboral y que esta reconozca el origen profesional de la patología. Si la mutua rechaza la contingencia profesional, es posible impugnarlo ante el INSS y, en última instancia, ante los tribunales.

Durante la baja, el trabajador mantiene todos sus derechos laborales: el acosador o la empresa no pueden modificar sus condiciones de trabajo como represalia, y cualquier comportamiento de este tipo durante la baja refuerza el expediente de acoso.


Preguntas frecuentes sobre acoso laboral en Tenerife

¿Puedo denunciar el acoso sin dejar de trabajar en la empresa? Sí, y en muchos casos es lo más recomendable, al menos en una primera fase. Abandonar el puesto de trabajo voluntariamente antes de tener una sentencia o un acuerdo puede perjudicar tu situación jurídica.

¿Cuánto tarda un proceso por acoso laboral? Dependiendo de la vía elegida, entre 6 meses y 2 años. Los procesos por extinción del contrato (artículo 50 ET) suelen ser más rápidos que los procedimientos penales.

¿Qué pasa si soy la única persona que puede probar el acoso? Tu propio testimonio, correctamente presentado y acompañado de otros indicios (documentación médica, registro de incidentes, comunicaciones), puede ser suficiente. Los tribunales saben que el acoso ocurre frecuentemente sin testigos directos y valoran el conjunto del expediente probatorio.

¿El acosador puede demandarme a mí si lo denuncio? Técnicamente sí, puede hacerlo. Pero si tu denuncia está bien fundamentada y documentada, el riesgo es mínimo. Además, contar con un abogado desde el principio te protege frente a posibles contrademandas.


Conclusión: no estás solo ni estás obligado a soportarlo

El acoso laboral destruye la salud, la autoestima y el proyecto de vida de quien lo sufre. Pero tiene solución legal. La clave está en actuar a tiempo, documentar correctamente y contar con un abogado laboralista que conozca la materia en profundidad y sepa articular todas las vías de reclamación disponibles.

En Álamo Antúnez Abogados llevamos años ayudando a trabajadores de Tenerife a salir de situaciones de acoso con la cabeza alta y con una compensación económica justa. Si crees que estás sufriendo mobbing, la primera conversación con nosotros es gratuita y confidencial.


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