El acoso laboral no es «un mal ambiente»: es una situación que puede destruir tu salud y tu carrera. Si hay humillación, aislamiento, amenazas, presión constante o represalias, podemos ayudarte a pararlo y reclamar.
El acoso suele empezar con conductas que parecen menores: comentarios, desprecios, cambios de tareas, aislamiento, rumores, control excesivo. Pero se acumulan, se intensifican y terminan afectando a tu rendimiento, tu salud y tu estabilidad.
El error más frecuente es actuar sin estrategia: enfrentarse, explotar, firmar documentos bajo presión, irse sin dejar constancia, o denunciar sin pruebas suficientes. La empresa entonces se defiende diciendo que «es un conflicto» o «bajo rendimiento». Nosotros diseñamos contigo un plan antes de mover ficha.
Si lo que vives es repetido, te afecta y hay un patrón, no lo normalices. Según la STC 28/2025 del Tribunal Constitucional, basta con aportar indicios razonables de la vulneración de tus derechos fundamentales para que la carga de la prueba se desplace al empleador.
La etiqueta importa menos que el patrón y el impacto. Pero identificar el tipo ayuda a elegir la prueba, la vía y la reclamación más adecuada.
Hostigamiento repetido y sistemático: aislamiento, desprecios, rumores, degradación de tareas, objetivos imposibles, control abusivo o vaciado de funciones. Puede ser vertical (de un superior) u horizontal (entre compañeros). El Tribunal Supremo (STS 101/2025) exige sistematicidad, gravedad objetiva e intención de menoscabar la dignidad.
Conductas verbales o físicas no deseadas de naturaleza sexual: insinuaciones, comentarios, tocamientos, chantaje o presión sexual. También incluye el acoso por razón de sexo: trato perjudicial vinculado al género. La empresa está obligada a tener un protocolo de actuación y a activarlo si recibe denuncia.
Trato perjudicial por embarazo, maternidad, conciliación familiar, edad, estado de salud, discapacidad, origen étnico, orientación sexual u otras causas protegidas. Goza de una protección reforzada y puede dar lugar a la nulidad de cualquier decisión empresarial vinculada.
Sanciones, degradación, cambios de horario, aislamiento o despido como consecuencia de quejarte, pedir derechos o denunciar irregularidades. La garantía de indemnidad (STC 28/2025) protege al trabajador frente a represalias por ejercer la tutela judicial o reclamar sus derechos.
Demostrar acoso laboral requiere un trabajo metódico de documentación. No se trata de «encontrar» pruebas: se trata de construirlas. En la STC 28/2025, el Tribunal Constitucional confirmó que el trabajador solo necesita aportar indicios razonables; después, es la empresa quien debe demostrar que sus actuaciones no fueron vejatorias.
Emails, WhatsApp, mensajes internos, órdenes por escrito. Guarda todo lo que refleje el patrón de hostigamiento, cambios de tareas o instrucciones degradantes.
Anota cada incidente con fecha, hora, lugar, testigos y cómo te afectó. Este diario ordena el patrón y es una herramienta fundamental para el abogado y para el juez.
Compañeros, clientes, proveedores o terceros que hayan presenciado conductas o sus consecuencias. Identificarlos con anticipación es clave para la estrategia.
Partes de baja, informes del médico de cabecera, del psicólogo o del psiquiatra. El nexo causal entre el acoso y el daño a la salud es fundamental en el juicio.
Si participas en la conversación, las grabaciones son generalmente admitidas como prueba. Pero hay que planificarlo bien. Consúltanos antes para evitar errores que las invaliden.
Sanciones, evaluaciones de rendimiento, cambios de puesto, modificaciones de horario, organigramas. Todo lo que refleje un cambio injustificado vinculado al hostigamiento.
Esto es lo que hacemos en casos de acoso laboral en Tenerife: protegerte, documentar y actuar sin errores ni improvisación.
El acoso busca provocarte. Evita discusiones que puedan usarse en tu contra. A partir de ahora, cada paso debe ser estratégico. Contacta con un abogado laboralista antes de enfrentarte, quejarte o firmar nada.
Anota cada incidente con fecha, hora, lugar, quién estaba presente, qué ocurrió exactamente y cómo te afectó. Esto construye el patrón que el juez necesita ver. Sé objetivo y preciso.
Guarda emails, mensajes, órdenes, cambios de tareas, sanciones, evaluaciones. No manipules ni inventes nada. La prueba real, por pequeña que sea, es infinitamente más valiosa que una reconstrucción posterior.
Compañeros, clientes o terceros que hayan presenciado conductas o consecuencias. No les pidas que «declaren» aún — solo identifícalos. La estrategia de testigos se planifica con el abogado.
Redactamos escritos formales para dejar constancia de la situación, activar el protocolo de acoso, solicitar medidas de prevención y crear un rastro documental que la empresa no pueda negar.
Cuando hay riesgos psicosociales documentados y omisiones empresariales, la denuncia ante la Inspección de Trabajo de Canarias es una herramienta poderosa. Preparamos la denuncia y acompañamos el proceso.
Si la empresa no actúa, presentamos demanda ante el Juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife reclamando: cese del acoso, protección, extinción indemnizada del contrato (art. 50 ET) e indemnización por daños morales y patrimoniales.
El derecho laboral es lo único que hacemos. Conocemos la jurisprudencia más reciente sobre acoso laboral, incluida la STC 28/2025 del Tribunal Constitucional sobre la inversión de la carga de la prueba y la STS 101/2025 sobre los requisitos del acoso penalmente relevante.
No actuamos por reacción. Diseñamos un plan completo: qué prueba construir, cómo comunicar con la empresa, cuándo denunciar y qué vía es más favorable. Cada paso está calculado para protegerte y reforzar tu posición.
En Tenerife, muchos casos de acoso se producen en el sector turístico y hostelero: presión de temporada, turnos cambiantes, estructuras jerárquicas complejas. Llevamos más de 30 años resolviendo estos conflictos en los Juzgados de lo Social de Santa Cruz.
Me sentía atrapada y con miedo. Me dieron un plan claro, reunimos pruebas y la empresa tuvo que tomar medidas. Volví a respirar.
Lo más valioso fue saber qué hacer y qué no hacer. Sin improvisar. Al final conseguimos una salida digna y una compensación justa.
Creía que nunca podría demostrarlo. Con el enfoque correcto, el caso se sostuvo. Trato humano y profesional en todo momento.
Conductas reiteradas y sistemáticas de hostigamiento, humillación, aislamiento o degradación que afectan a la dignidad y salud del trabajador. Según el Tribunal Supremo (STS 101/2025), debe existir un patrón sistemático, gravedad objetiva valorada desde la perspectiva de un observador imparcial e intención de menoscabar la integridad moral. Un conflicto puntual o una mala relación no es acoso.
Según la STC 28/2025 del Tribunal Constitucional, basta con aportar indicios razonables. Una vez presentados, corresponde al empleador desvirtuarlos. Las pruebas más habituales: emails, mensajes, testigos, informes médicos, partes de baja, cambios de tareas injustificados, sanciones y un diario detallado de hechos. La prueba se construye, no se «encuentra».
Si participas en la conversación, la grabación es generalmente admitida por los tribunales laborales. La jurisprudencia entiende que en muchos casos es la única forma de acreditar lo que ocurre. Pero hay que planificarlo correctamente. Consúltanos antes para evitar errores que puedan invalidar la prueba.
Puedes reclamar: indemnización por daños morales (entre 3.000€ y 70.000€ según jurisprudencia), extinción indemnizada del contrato por el art. 50 ET (equivalente a despido improcedente: 33 días/año), daños patrimoniales y, si la baja deriva del acoso, recargo de prestaciones por falta de medidas de prevención.
Tres vías principales: protocolo interno de la empresa (obligatorio según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales), denuncia ante la Inspección de Trabajo de Canarias, y demanda ante el Juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife. La vía depende de las pruebas, la urgencia y el objetivo. Nosotros te asesoramos sobre cuál es más favorable.
Un despido como represalia sería declarado nulo: readmisión obligatoria más todos los salarios de tramitación. La garantía de indemnidad (STC 28/2025) protege al trabajador frente a represalias por ejercer sus derechos. Si te despiden tras denunciar, contacta inmediatamente con nosotros.
Sí. Cuando una baja por trastorno psíquico (ansiedad, depresión, estrés postraumático) se deriva de acoso laboral acreditado, los tribunales reconocen que debe considerarse contingencia profesional, incluso si la mutua sostiene que es enfermedad común. Esto da acceso a prestaciones más elevadas y al recargo de prestaciones por falta de medidas preventivas.
El sector turístico y hostelero de Tenerife presenta particularidades: turnos rotatorios, presión de temporada alta, estructuras jerárquicas complejas en cadenas hoteleras y alta rotación de personal que dificulta la denuncia. Llevamos más de 30 años resolviendo estos conflictos y conocemos los convenios colectivos y el funcionamiento de las empresas de la isla.
Si estás viviendo acoso laboral en Tenerife, no esperes a «tocar fondo». Llámanos y diseñamos contigo un plan: protegerte, reunir prueba, activar medidas y reclamar lo que corresponda.
La información de esta página es informativa y no constituye asesoramiento jurídico.
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