La mayoría de solicitudes se rechazan en primera instancia. Si tus limitaciones te impiden trabajar, podemos reclamar ante el INSS y el Juzgado de lo Social para conseguir la pensión que te corresponde.
La incapacidad permanente no se concede por un diagnóstico, sino por cómo tus secuelas reducen tu capacidad laboral. El INSS suele denegar cuando entiende que «aún puedes trabajar» o cuando la documentación médica no concreta bien las limitaciones funcionales.
En Tenerife, vemos denegaciones frecuentes en casos de dolor crónico, hernias y patología de columna, fibromialgia, depresión y ansiedad severa, secuelas postquirúrgicas, lesiones de hombro y rodilla, patologías neurológicas, cardiopatías y fatiga incapacitante. Muchas de esas denegaciones se revierten si se enfoca bien la prueba.
Revisamos tu resolución del INSS, tu profesión habitual y tu historial clínico, y te decimos con honestidad si hay base para reclamar por incapacidad total, absoluta o gran invalidez.
Cada grado tiene requisitos, pensión y compatibilidades distintas. Identificar el correcto y probarlo bien es lo que marca la diferencia.
Cuando tus limitaciones te impiden ejercer tu profesión habitual, pero podrías realizar otras actividades compatibles. Es el grado más solicitado. La pensión es del 55% de la base reguladora, y sube al 75% si tienes más de 55 años y no trabajas (IPT cualificada).
Cuando tus limitaciones te impiden realizar cualquier trabajo con un mínimo de continuidad, dedicación y eficacia. La pensión es del 100% de la base reguladora y está exenta de IRPF, lo que la convierte en una prestación con alta protección económica.
Además de la absoluta, existe necesidad de ayuda de tercera persona para actos esenciales de la vida diaria: aseo, vestirse, comer, desplazarse. Incluye un complemento adicional del 45-50% sobre la base reguladora para cubrir esa asistencia.
Cuando existe una disminución relevante del rendimiento (≥33%) en tu profesión habitual, pero puedes seguir trabajando. No genera pensión mensual, sino una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.
Revalorización 2026: +2,7% sobre las pensiones de 2025. Las cuantías reales dependen de tu base reguladora individual, contingencia (común o profesional), años cotizados y edad. Te la calculamos con exactitud en tu cita.
Aproximación simple. El cálculo real depende de tu base reguladora, contingencia y cotizaciones. Te lo calculamos con exactitud.
⚠️ Estimación muy simplificada. La cuantía real varía por contingencia, topes, base reguladora real y situación personal. Consúltanos para el cálculo exacto con tu vida laboral.
En Seguridad Social, la estrategia es prueba + plazos + enfoque correcto. Esto es lo que hacemos en tu caso.
Analizamos por qué te han denegado o qué grado te han reconocido. Identificamos errores típicos: falta de valoración de limitaciones funcionales, profesión mal encuadrada, informes incompletos o contradictorios.
No vale «tengo X patología». Hay que demostrar limitaciones objetivas: movilidad, bipedestación, carga, atención, fatiga, dolor crónico y su impacto real en las tareas de tu trabajo. Organizamos toda tu documentación clínica con enfoque procesal.
La incapacidad total depende de tu profesión habitual. Definimos las tareas fundamentales de tu puesto y demostramos cuáles ya no puedes realizar con continuidad, dedicación y eficacia. Este enfoque es clave en la demanda.
Paso obligatorio antes de demandar. Tenemos 30 días hábiles desde la notificación de la denegación. Preparamos alegaciones sólidas con documentación que refuerce las limitaciones funcionales. No es «una carta más».
Si el INSS mantiene la denegación, demandamos ante el Juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife. La prueba médica, el enfoque por profesión y la argumentación jurídica son lo que marca la diferencia entre ganar y perder.
En casos complejos, un informe pericial médico independiente puede ser determinante. Aporta objetividad clínica, cuantifica las limitaciones con criterios forenses y fortalece significativamente tu posición en el juicio.
No somos generalistas. Llevamos más de tres décadas tramitando incapacidades permanentes en Tenerife. Conocemos los criterios del EVI, del INSS de la provincia de Santa Cruz y los del Juzgado de lo Social. Esa experiencia no se improvisa.
La mayoría de denegaciones se producen porque la documentación médica no enfoca bien las limitaciones funcionales. Nosotros revisamos cada informe, pedimos los que faltan y construimos un relato médico-legal coherente que el juez pueda valorar.
En Tenerife, muchas incapacidades afectan a trabajadores de hostelería, turismo, limpieza, construcción y comercio — oficios con alta exigencia física. Conocemos las tareas esenciales de cada uno y cómo argumentar la incompatibilidad con las limitaciones.
Después de una larga batalla legal por mi incapacidad permanente, los abogados de Álamo Antúnez lograron que me concedieran la pensión que me correspondía. Su experiencia en Seguridad Social fue fundamental.
El INSS me denegó la incapacidad y me sentí perdido. Me explicaron todo, ordenaron mis informes y ganamos la total. Un trato impecable y profesional.
Me trataron con humanidad y profesionalidad. La sensación de que por fin alguien entiende tu caso y lo defiende de verdad. No puedo estar más agradecido.
Presentar una reclamación previa en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación. Si el INSS la desestima, tienes 30 días hábiles para interponer demanda ante el Juzgado de lo Social. La clave: reforzar la prueba médica y enfocar las limitaciones funcionales en relación con tu profesión. Llámanos: 822 043 335.
El 55% de la base reguladora. Si tienes más de 55 años y no trabajas, sube al 75% (IPT cualificada). La pensión media en 2026 ronda los 1.038 €/mes. La pensión máxima es de 3.356 €/mes. Las pensiones se han revalorizado un 2,7% en 2026.
El 100% de la base reguladora. La pensión media por absoluta en 2026 es de aproximadamente 1.520 €/mes. Además, está exenta de IRPF. La pensión máxima es de 3.356 €/mes.
La total impide tu profesión habitual pero permite otros trabajos (55%). La absoluta impide cualquier trabajo (100%, exenta de IRPF). La gran invalidez añade un complemento del 45-50% por necesitar ayuda de tercera persona para actos esenciales.
El EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades) evalúa tus limitaciones funcionales objetivas, no solo los diagnósticos. Valora la capacidad residual para trabajar, las secuelas permanentes, el impacto en las tareas esenciales de tu profesión y la documentación médica. No basta con tener una enfermedad: hay que demostrar que impide trabajar.
Sí. La IPT se refiere a tu profesión habitual. Puedes realizar otros trabajos compatibles con tus limitaciones. Si tienes más de 55 años y no trabajas, la pensión sube del 55% al 75% (IPT cualificada). Si vuelves a trabajar, baja al 55%.
No hay lista cerrada. Lo determinante son las limitaciones funcionales. Patologías frecuentes: hernias discales, fibromialgia, depresión severa, cardiopatías, lesiones de hombro/rodilla, enfermedades neurológicas, fatiga crónica, secuelas postquirúrgicas. Cada caso se valora individualmente en relación con la profesión del solicitante.
El INSS tiene 135 días para resolver desde la solicitud. La reclamación previa, otros 45 días. Si se llega al Juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife, la demanda puede tardar entre 6 y 12 meses en resolverse, dependiendo de la carga del juzgado.
Si te han denegado la incapacidad o te han reconocido un grado inferior al que te corresponde, llámanos. Revisamos tu caso y te decimos con honestidad si vemos base para reclamar.
La información de esta página es informativa y no constituye asesoramiento jurídico.
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