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Derecho de la Seguridad Social · Tenerife · Especialistas desde 2009

Abogado Incapacidad Permanente en Tenerife:
El INSS Deniega el 60% — Nosotros Recurrimos y Ganamos

El INSS rechaza más del 60% de las primeras solicitudes de incapacidad permanente. La denegación no es el final: es el inicio del proceso real. Con la pericial médica adecuada y la estrategia judicial correcta, el 85% de los recursos que presentamos tienen éxito — y los efectos son retroactivos a la fecha de la solicitud inicial.

⚠️ Tras la resolución denegatoria tienes 30 días hábiles para presentar reclamación previa. Si ese plazo vence sin actuar, la resolución queda firme y no hay recurso posible.

+60%De primeras solicitudes que el INSS deniega
85%Éxito en nuestros recursos
15+Años especializados
⭐ 5.0Valoración Google
JA
Página revisada por

Javier Álamo — Abogado Laboralista y de Seguridad Social en Tenerife

Más de 15 años gestionando expedientes de incapacidad permanente ante el INSS y los Juzgados de lo Social de Tenerife. Especialista en recursos contra resoluciones denegatorias del INSS, con peritos médicos de confianza y experiencia en todos los grados: IPP, IPT, IPA y Gran Invalidez.

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18 meses
Detalle del cálculo

* Estimación orientativa basada en la base reguladora aproximada. La pensión real depende del período de cotización exacto, la base reguladora calculada por el INSS y el grado reconocido. Esta calculadora no sustituye el análisis de tu expediente.

Simulador: ¿merece la pena recurrir la denegación del INSS?

No todos los casos tienen la misma probabilidad de éxito. Selecciona tu situación para obtener una estimación real y la estrategia más recomendable para tu perfil.

Simulador de recurso

¿Tiene sentido recurrir la denegación del INSS?

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Probabilidad estimada de éxito en recurso

Los 4 grados de incapacidad permanente: diferencias clave

GradoDefinición legalPensiónIRPF¿Puede trabajar?
Incapacidad Parcial (IPP)Disminución del rendimiento ≥33% en su profesión habitualIndemnización a tanto alzado (~24 meses base reguladora)TributaSí, en su misma profesión
Incapacidad Total (IPT)Inhabilita para las tareas fundamentales de su profesión habitual55% base reguladora (75% si +55 años con dificultad reinserción)TributaSí, en otra profesión diferente
Incapacidad Absoluta (IPA)Inhabilita para toda profesión u oficio100% base reguladoraExentaNo (salvo actividades marginales)
Gran Invalidez (GI)Necesita ayuda de tercera persona para actos esenciales de la vida100% + complemento del 45% para asistenciaExentaNo
La clave que el EVI del INSS omite sistemáticamente

«Puede realizar trabajos sedentarios» — el argumento que más veces rebatimos

El EVI del INSS busca siempre alguna «capacidad residual» que le permita denegar o degradar el grado. El argumento más frecuente es que el trabajador «puede realizar trabajos sedentarios», aunque sea albañil con hernia discal grave, cocinero con artropatía severa de rodilla o conductor con cardiopatía. Nuestra pericial médica acredita que esa capacidad residual teórica no existe en el mercado laboral real para ese trabajador con su edad, formación y limitaciones concretas. Esa conexión específica es lo que marca la diferencia en el juicio.

Caso real — ejemplo con números

Lo que el INSS ofrece vs lo que realmente corresponde

❌ Lo que el INSS dijo

Trabajador de construcción, 52 años, hernia discal L4-L5 con cirugía fallida, imposibilidad de cargar peso ni estar de pie más de 20 minutos.

Resolución del INSS: «Puede realizar trabajos sedentarios. Denegada la incapacidad permanente.»

Impacto económico: 0 € de pensión

✅ Lo que consiguió el recurso

Pericial médica que acreditó que el trabajador tampoco puede realizar trabajos sedentarios de forma regular por el componente doloroso crónico e irradiado.

Sentencia del Juzgado de lo Social: Incapacidad Permanente Total reconocida.

Resultado: Pensión de 880 €/mes vitalicia + 19.360 € en atrasos (22 meses de proceso)

La diferencia entre aceptar la resolución del INSS y recurrir: 880 €/mes de por vida + 19.360 € en atrasos
El proceso completo

De la solicitud al cobro: el camino real en Tenerife

1

Preparación del expediente médico

Antes de la solicitud — crítico

El expediente que presentas con la solicitud es determinante. Un expediente incompleto, con informes desactualizados o mal organizado multiplica las probabilidades de denegación. En Álamo Antúnez revisamos toda la documentación médica antes de presentar la solicitud y la completamos si es necesario.

2

Solicitud ante el INSS

Mes 1

Presentamos la solicitud formal ante el INSS en Tenerife con el expediente médico completo y organizado. Si la situación es derivada de accidente laboral o enfermedad profesional, no se exige período mínimo de cotización.

3

Valoración del EVI

Meses 2-4

El Equipo de Valoración de Incapacidades cita al trabajador para su valoración. Preparamos al cliente para esta cita: qué documentación llevar, cómo describir las limitaciones funcionales reales y qué esperar del proceso.

4

Resolución del INSS

Meses 3-6

El INSS emite resolución. Si es favorable, comienza la pensión. Si deniega o reconoce un grado inferior al que corresponde — que ocurre en más del 60% de los casos — empezamos el proceso de recurso.

5

Reclamación previa ← 30 días hábiles

Mes 6-7 — plazo crítico

Si el INSS deniega, tienes 30 días hábiles para presentar reclamación previa ante el propio INSS. Este trámite es obligatorio antes del recurso judicial. El INSS tiene 45 días para resolver. Si no responde, silencio administrativo = denegación tácita.

6

Demanda ante el Juzgado de lo Social

Meses 8-10

Si el INSS mantiene la denegación, presentamos demanda ante el Juzgado de lo Social de Tenerife. En el juicio, nuestro perito médico independiente ratifica el informe. Los juicios de incapacidad en Tenerife se celebran entre 12 y 18 meses después de la demanda.

7

Sentencia con efectos retroactivos

Meses 20-30 aprox.

Si el juez reconoce la incapacidad, la pensión tiene efectos retroactivos a la fecha de la solicitud inicial. El trabajador cobra todos los atrasos acumulados de una sola vez. Con 24 meses de proceso y pensión de 900 €/mes, son 21.600 € de atrasos más la pensión vitalicia.

La pericial médica: el factor que más diferencia hace

La diferencia entre ganar o perder un recurso de incapacidad permanente reside casi siempre en la calidad de la pericial médica. El INSS llevará al juicio sus informes del EVI. Nosotros llevamos un informe pericial independiente elaborado por médico especialista en valoración de incapacidades con experiencia específica en los Juzgados de lo Social de Tenerife.

Un buen informe pericial no es un listado de diagnósticos. Es una traducción técnica precisa de cómo esas patologías concretas impiden al trabajador realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual. Conectar la patología con las limitaciones funcionales reales — y esas limitaciones con las tareas concretas del puesto — es exactamente lo que el EVI del INSS no hace y lo que el juez necesita para fallar a favor del trabajador.

Los efectos retroactivos: cobrar los atrasos acumulados

Cuando el juzgado reconoce la incapacidad permanente, la pensión tiene efectos retroactivos a la fecha de la solicitud inicial ante el INSS — no desde la sentencia. Si entre la solicitud y la sentencia han pasado 20 meses y la pensión es de 900 €/mes, el trabajador cobra 18.000 € de atrasos de una sola vez, más la pensión mensual vitalicia desde ese momento. El tiempo de espera tiene su recompensa.

Hemos conseguido el reconocimiento de incapacidad permanente para trabajadores que el INSS había denegado dos y hasta tres veces. El sistema está diseñado para que muchos se rindan después de la primera negativa. Nosotros no nos rendimos — y el 85% de éxito en nuestros recursos lo demuestra. La primera denegación del INSS no dice nada sobre las posibilidades reales de conseguir la pensión.

Álamo Antúnez Abogados · +15 años en Derecho de la Seguridad Social en Tenerife

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Lo que dicen nuestros clientes

Opiniones reales de quienes ya han pasado por esto

5.0
★★★★★
47 reseñas en Google
P
Incapacidad permanente · 08/03/2025
★★★★★

«Después de una larga batalla por mi incapacidad permanente, los abogados de Álamo Antúnez lograron que me concedieran la pensión que me correspondía. Su experiencia en derecho de la Seguridad Social fue fundamental.»

J
Caso laboral complejo · 10/11/2025
★★★★★

«He tenido una experiencia magnífica con una situación muy complicada. Javier Álamo me demostró ser un gran abogado, meticuloso, paciente y firme. Todo salió perfecto. Mi recomendación es absoluta.»

C
Accidente laboral · 14/08/2025
★★★★★

«El equipo de Álamo Antúnez demostró una gran profesionalidad y un trato muy cercano. Me sentí arropada y confiada. Gracias a su gestión, obtuve lo que me correspondía y no me querían dar.»

M
Despido improcedente · 14/02/2025
★★★★★

«Después de 7 años en la misma empresa, sufrí un despido improcedente. Gracias a Álamo Antúnez, logré que la empresa me pagara mi indemnización completa. Profesionalidad y trato cercano.»

Preguntas frecuentes sobre incapacidad permanente en Tenerife

¿Cuánto tarda el proceso desde la solicitud hasta cobrar la pensión?
La solicitud inicial tarda entre 3 y 6 meses en resolverse. Si hay que recurrir judicialmente, el proceso completo puede durar entre 18 y 30 meses desde la solicitud inicial. Sin embargo, los efectos retroactivos de la sentencia significan cobrar todos los atrasos acumulados desde la solicitud de una sola vez — con una pensión de 900 €/mes y 24 meses de proceso, son 21.600 € de golpe más la pensión mensual vitalicia.
¿Por qué deniega el INSS tantas solicitudes?
El INSS tiene incentivos estructurales para minimizar el número de pensiones reconocidas. El EVI tiende a valorar las capacidades residuales del trabajador de forma optimista y sus limitaciones de forma restrictiva. Por eso el 60% de las primeras solicitudes se deniegan — y muchas de esas denegaciones son incorrectas. El recurso judicial con una buena pericial médica independiente corrige esa asimetría de información.
¿Puedo trabajar si tengo una pensión de incapacidad permanente total?
La IPT inhabilita para tu profesión habitual pero no para otras profesiones compatibles con tus limitaciones. Puedes trabajar en un puesto diferente, pero debes notificarlo al INSS. En determinadas circunstancias los ingresos del nuevo trabajo pueden ser considerados en la revisión de la pensión. Consúltanos antes de empezar a trabajar con una IPT reconocida.
¿El silencio administrativo del INSS equivale a denegación?
Sí. Si el INSS no responde a la reclamación previa en 45 días, se entiende desestimada por silencio administrativo. Desde ese momento empieza a correr el plazo de 30 días hábiles para presentar la demanda judicial. Muchos trabajadores esperan indefinidamente sin saber que el plazo está corriendo — si presentaste reclamación previa hace más de 45 días y no has recibido respuesta, llámanos inmediatamente.
¿La pensión de incapacidad permanente absoluta es para siempre?
En la práctica, la IPA reconocida con carácter definitivo es una pensión vitalicia. El INSS puede iniciar revisiones si considera que la situación médica ha mejorado, pero en patologías crónicas e irreversibles (EPOC grave, cardiopatías severas, enfermedades neurológicas degenerativas) las revisiones son poco frecuentes. Si recibes una notificación de revisión, contacta con nosotros inmediatamente.
¿Qué diferencia hay entre incapacidad permanente absoluta y gran invalidez?
La IPA inhabilita para toda profesión u oficio — genera el 100% de la base reguladora exento de IRPF. La Gran Invalidez va un paso más allá: además de no poder trabajar, el trabajador necesita asistencia de tercera persona para los actos más básicos de la vida (vestirse, desplazarse, comer). La GI genera el 100% de la base reguladora más un complemento del 45% para cubrir el coste de la asistencia.

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