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Excedencia por cuidado de hijos y familiares en Tenerife 2026: requisitos, reserva de puesto, duración y qué hacer si la empresa pone trabas



Excedencia por cuidado de hijos y familiares en Tenerife 2026: requisitos, reserva de puesto, duración y qué hacer si la empresa pone trabas

La idea básica es esta: la excedencia por cuidado de hijos y familiares es una medida de conciliación mucho más protegida que la excedencia voluntaria. Permite suspender temporalmente el contrato para atender a un hijo o a determinados familiares y reconoce derechos especialmente relevantes: cómputo de antigüedad, acceso a cursos de formación y reserva del puesto de trabajo durante un tiempo determinado. En Tenerife, donde muchas personas encadenan jornadas exigentes en hostelería, comercio, cuidados, sanidad privada, servicios y turnos partidos, esta figura es una herramienta clave para evitar que la conciliación acabe en renuncia forzada o baja voluntaria.

La experiencia práctica demuestra que muchas personas no la utilizan porque piensan que es un derecho «difícil», reservado a casos extremos o sometido a la autorización generosa de la empresa. No es así. Tampoco ayuda que se mezcle constantemente con otras medidas: permiso parental, reducción de jornada, adaptación de horario, lactancia acumulada o excedencia voluntaria. Todas sirven para necesidades familiares, pero no son lo mismo ni ofrecen la misma protección.

Este artículo está pensado para resolver esa confusión de forma muy clara. Si vives o trabajas en Tenerife y necesitas parar para cuidar de un hijo, una hija, tu pareja o un familiar que no puede valerse por sí mismo, aquí vas a encontrar una guía extensa y útil: quién puede pedirla, cuánto dura, qué ocurre con el puesto de trabajo, qué pasa con la antigüedad, cómo solicitarla correctamente y cómo reaccionar si la empresa responde con evasivas, retrasos o negativas improcedentes.

La idea central es sencilla: cuando el cuidado es real y la situación encaja en la ley, no deberías verte empujado a elegir entre tu familia y tu empleo sin protección. El problema es que para ejercer bien este derecho hay que conocer los matices. Y en materia laboral, los matices importan muchísimo.

Qué es la excedencia por cuidado y por qué es distinta de la excedencia voluntaria

La diferencia esencial es esta: la excedencia voluntaria se basa en un derecho general de suspensión del contrato, mientras que la excedencia por cuidado responde a una necesidad protegida de conciliación. Eso hace que el nivel de tutela jurídica sea superior. No estamos ante un simple «tiempo fuera» laboral, sino ante una medida legal para atender responsabilidades familiares sin romper la relación de trabajo.

Según el Estatuto de los Trabajadores, existen dos grandes bloques. El primero es la excedencia para atender al cuidado de cada hijo, ya sea por naturaleza, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento permanente. El segundo es la excedencia para atender al cónyuge o pareja de hecho, o a familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, cuando por edad, accidente, enfermedad o discapacidad no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida.

Esto cambia completamente el panorama. Mientras en la excedencia voluntaria la gran palabra es «vacante», en la excedencia por cuidado la gran palabra es «protección». Existe cómputo a efectos de antigüedad. Existe derecho a ser convocado a cursos de formación profesional. Y existe una reserva del puesto de trabajo durante un periodo determinado, que después puede transformarse en reserva de un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

En otras palabras: si tu situación encaja en esta modalidad, suele ser mucho más inteligente estudiar esta vía que lanzarse directamente a una excedencia voluntaria. Elegir mal la figura jurídica puede hacerte perder protecciones importantes.

Hay otro detalle relevante que conviene conocer desde el principio: esta excedencia es un derecho individual, pero si dos o más personas trabajadoras de la misma empresa lo generan por el mismo sujeto causante, la empresa puede limitar el disfrute simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento. Eso sí, no vale una negativa vacía. Debe motivarse por escrito y, además, ofrecer un plan alternativo que haga posible el ejercicio de los derechos de conciliación de ambas personas.

Plazos de la excedencia por cuidado de hijos y familiares en Tenerife

Quién puede pedirla y en qué casos concretos

La excedencia por cuidado de hijo puede solicitarse para atender a cada hijo o hija desde la fecha de nacimiento o, en su caso, desde la resolución judicial o administrativa correspondiente en adopción, guarda o acogimiento. No es necesario que exista una situación dramática ni una enfermedad. La base jurídica es el cuidado. Esto es importante, porque muchas personas creen erróneamente que solo sirve para supuestos de alta dependencia.

En el caso del cuidado de familiares, sí hay un componente más ligado a necesidad objetiva. La norma exige que la persona familiar no pueda valerse por sí misma por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, y que no realice actividad retribuida. El círculo alcanza al cónyuge o pareja de hecho y a familiares hasta segundo grado. En la práctica, esto incluye bastantes supuestos cotidianos: cuidado de madre o padre con deterioro, familiar con secuelas tras accidente, persona dependiente con movilidad reducida, etcétera.

Un punto importante: la empresa no tiene barra libre para exigir pruebas imposibles o para reinterpretar arbitrariamente las necesidades de cuidado. Puede pedir documentación razonable, pero no convertir el ejercicio del derecho en una carrera de obstáculos. Por eso conviene preparar la solicitud con base documental suficiente desde el principio.

En Tenerife, donde muchos núcleos familiares se organizan entre distintos municipios, horarios extensos y trabajos con presencia física obligatoria, estas excedencias tienen una utilidad muy real. No hablamos de teoría. Hablamos de personas que deben elegir entre acompañar a un padre dependiente a citas médicas continuadas, reorganizar el cuidado de un recién nacido o atender una situación sobrevenida de dependencia en la familia.

Duración de la excedencia por cuidado de hijos y familiares

La duración máxima no es la misma en ambos supuestos. Para el cuidado de cada hijo, la excedencia puede alcanzar hasta tres años. En el cuidado de familiares, la duración ordinaria es hasta dos años, salvo que el convenio colectivo establezca una duración superior. Este detalle conviene revisarlo siempre, porque algunos convenios mejoran el mínimo legal.

Que exista una duración máxima no significa que debas pedir todo el periodo de una sola vez. En muchos casos, la estrategia más razonable es ajustar el tiempo a la necesidad real y, si procede, modular o prorrogar dentro de los límites legales. Pero esto debe hacerse con orden, dejando constancia de fechas y evitando escenarios ambiguos.

Otro aspecto importante es que el periodo se computa individualmente por cada sujeto causante. No es lo mismo una excedencia por un primer hijo que una por un segundo, ni equivale una excedencia vinculada al cuidado de una madre dependiente a la vinculada a otra persona familiar. Esto tiene relevancia cuando se encadenan situaciones familiares complejas y la persona trabajadora teme haber «agotado» el derecho de forma global.

En cualquier caso, conviene no improvisar. Una solicitud sin fechas claras o con expresiones abiertas del tipo «hasta que la situación mejore» puede generar problemas innecesarios. Cuanto más precisa sea la petición, más fácil resultará defenderla.

Reserva del puesto de trabajo: el punto que más preocupa y más se malinterpreta

La reserva del puesto no funciona exactamente igual durante todo el periodo. En términos generales, la persona trabajadora tiene derecho a la reserva de su mismo puesto de trabajo durante el primer año. Después de ese primer tramo, la ley no desaparece: lo que ocurre es que la reserva ya no se refiere necesariamente a la misma plaza concreta, sino a un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente. Ese matiz es decisivo y conviene explicarlo bien, porque muchas empresas lo convierten erróneamente en una especie de libertad total para recolocar de cualquier manera.

Además, la reserva del mismo puesto se amplía en determinados supuestos. Si la persona trabajadora forma parte de una familia numerosa de categoría general, esa reserva puede extenderse hasta un máximo de quince meses. Si se trata de familia numerosa de categoría especial, puede llegar hasta dieciocho meses. Y cuando ambas personas progenitoras ejercen este derecho con la misma duración y régimen, la reserva del puesto también puede extenderse hasta un máximo de dieciocho meses.

Esto cambia mucho las expectativas y también las obligaciones de la empresa. No es correcto responder de forma simple «tu puesto ya está cubierto, no puedes volver». Tampoco es correcto asumir que, pasado un tiempo, desaparece toda protección. La empresa debe manejar esta materia con rigor y no como un espacio de discrecionalidad informal.

Cuando analizamos casos reales, buena parte del conflicto nace de una mala gestión empresarial del puesto. Se contrata a otra persona, se reorganiza el departamento y se transmite la idea de que el trabajador en excedencia «ya no cuenta». Eso puede ser problemático. La excedencia por cuidado no es una salida silenciosa del mapa laboral. La persona trabajadora mantiene derechos concretos y reforzados.

Por eso es tan importante guardar bien tanto la solicitud como la respuesta empresarial y cualquier comunicación posterior. Si el día de mañana la empresa niega la reincorporación o la ofrece en condiciones degradadas, la trazabilidad documental será decisiva.

Reserva de puesto y derechos durante la excedencia por cuidado en Tenerife

Antigüedad, formación y otros derechos durante la excedencia

Uno de los elementos que hacen especialmente valiosa esta excedencia es que el tiempo en esta situación se computa a efectos de antigüedad. Esto no es un detalle menor. Puede influir en ascensos, trienios, cálculo de determinadas indemnizaciones o reconocimiento de derechos vinculados a permanencia en la empresa. Si eliges erróneamente una excedencia voluntaria en lugar de una excedencia por cuidado, podrías renunciar sin querer a esta ventaja.

La ley también reconoce el derecho a participar en cursos de formación profesional, especialmente con ocasión del regreso. La empresa debería convocar a la persona trabajadora a esos cursos para favorecer la actualización y la reincorporación real, no meramente formal. Este punto cobra mucha importancia en sectores que cambian procedimientos con rapidez, como sanidad privada, gestión administrativa, call center o determinadas áreas de servicios externalizados.

Además, el uso de la excedencia por cuidado no debería convertirse en una penalización encubierta posterior. Si al volver aparecen cambios injustificados de turno, peores horarios, funciones vaciadas o trato desfavorable, conviene analizar el conjunto de la situación. No toda irregularidad será automáticamente discriminatoria, pero hay que vigilar muy de cerca cómo se produce el retorno.

Cómo pedir la excedencia por cuidado de forma correcta

La recomendación profesional es clara: no te limites a comunicar verbalmente que «vas a coger la excedencia». Presenta una solicitud escrita, identifica la modalidad exacta, concreta el sujeto causante, las fechas de inicio y fin, y acompaña la documentación razonable que permita acreditar la situación. En un caso de hijo o hija, bastarán normalmente los documentos básicos de filiación o resolución correspondiente. En un caso de familiar, puede hacer falta documentación médica, acreditación de dependencia, parentesco o circunstancias equivalentes según el supuesto.

Es recomendable utilizar un canal que deje constancia de la recepción: correo electrónico con acuse, burofax, registro interno firmado o cualquier sistema similar. También conviene pedir respuesta por escrito. Si la empresa acepta, perfecto. Si introduce condiciones extrañas o intenta reconducir la petición a otra figura menos protegida, lo prudente es revisar antes de aceptar.

En muchas empresas el problema no es una negativa frontal, sino una gestión difusa: respuestas verbales, silencios, demoras y mensajes ambiguos. Esa indefinición perjudica a la persona trabajadora. Lo que interesa es dejar una huella documental clara, porque si más adelante surgen problemas de reincorporación o de cómputo de derechos, esa base va a ser crucial.

Qué pasa cuando termina la excedencia y quieres reincorporarte

Aunque esta excedencia esté mucho más protegida que la voluntaria, el regreso también conviene trabajarlo bien. Lo recomendable es comunicar por escrito tu voluntad de reincorporarte con antelación razonable, revisar si el convenio exige algún preaviso concreto y pedir una respuesta expresa. Cuanto más documentado esté el retorno, mejor.

Si todavía estás dentro del periodo de reserva de tu mismo puesto, el margen empresarial es mucho menor. Si ya ha transcurrido ese periodo, la empresa deberá respetar la reserva referida a un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente. En ambos escenarios conviene examinar con cuidado las condiciones reales que se ofrecen, porque una reincorporación formal no siempre equivale a una reincorporación correcta.

Qué hacer si la empresa se opone, retrasa o responde con evasivas

Si la empresa te dice que «no puede», que «ahora mismo es un mal momento», que «mejor pidas una baja voluntaria» o que «ya veremos más adelante», conviene parar y analizar. La excedencia por cuidado no funciona como una gracia empresarial. Si tu situación encaja legalmente, la empresa no debería vaciar el derecho mediante demoras o presiones informales.

Hay casos en los que la oposición empresarial no es explícita, pero sí muy efectiva: no contestan, devuelven la solicitud sin motivo claro o fuerzan a la persona trabajadora a escoger otra opción menos favorable. En esos escenarios, actuar pronto es importante. A veces basta con un requerimiento formal bien planteado. Otras veces hay que preparar una reclamación con más recorrido.

La misma cautela vale para el regreso. Si finaliza la excedencia y la empresa pone trabas a la reincorporación, hay que examinar si se está respetando la reserva del puesto, si el tiempo protegido ya pasó, si se ofrece un puesto equivalente conforme a la ley o si realmente existe una vulneración de derechos. No todos los retornos conflictivos son iguales, y la estrategia jurídica debe adaptarse a ese detalle.

En estas situaciones suele ser razonable consultar con un abogado laboralista en Tenerife antes de que el conflicto se cronifique. El objetivo no es necesariamente judicializar desde el minuto uno, sino proteger bien la posición de la persona trabajadora.

Excedencia por cuidado frente a otras medidas de conciliación

No siempre la excedencia es la mejor herramienta. A veces la necesidad real no es suspender por completo el contrato, sino reducir jornada, adaptar horario, pedir teletrabajo o combinar varias medidas de conciliación. Por ejemplo, una persona puede encajar mejor en una reducción de jornada si necesita seguir ingresando salario. En otros casos puede interesar estudiar el permiso parental o la adaptación de jornada antes de abandonar temporalmente el puesto.

La elección depende de la intensidad del cuidado, de la situación económica familiar, del convenio, del tipo de trabajo y de la capacidad real de conciliación dentro de la empresa. Lo importante es no elegir por intuición o por comodidad administrativa de la empresa. Elegir bien la figura puede marcar la diferencia entre conciliar con protección o quedar expuesto.

Escenarios reales en Tenerife donde esta excedencia es especialmente relevante

En la isla es muy habitual encontrar casos de conciliación tensionada por horarios partidos, trabajos de fin de semana, dobles desplazamientos o redes familiares que no siempre pueden sostener el cuidado. Esto afecta especialmente a personal de hotel, camareros, dependientas, auxiliares de clínica, personal de limpieza, vigilantes, administrativos con turnos amplios y personas empleadas en centros con alta exigencia presencial.

Un caso frecuente es el de madres o padres recientes que comprueban que la vuelta al trabajo es materialmente incompatible con la organización familiar. Otro muy común es el de personas que deben atender a un progenitor con deterioro repentino y necesitan una solución que no sea romper por completo el contrato. También aparecen situaciones en las que el cuidado se reparte en unidades familiares complejas entre varios municipios de Tenerife, lo que hace imposible sostener la rutina laboral previa.

En todos estos escenarios, la excedencia por cuidado puede ser una herramienta jurídica muy potente, siempre que se ejercite con orden y se documente bien.

Errores habituales que conviene evitar

El primer error es suponer que la empresa «no la va a permitir» y ni siquiera intentarlo formalmente. El segundo es pedir una excedencia voluntaria cuando lo correcto sería una excedencia por cuidado. El tercero es no acompañar la documentación básica o no dejar constancia de la entrega. El cuarto es no revisar el convenio colectivo. El quinto es olvidar que el regreso también debe organizarse y documentarse.

Otro error importante es pensar que cualquier problema familiar permite utilizar esta figura sin más. Hay que encajar en los supuestos legales. Si la situación es dudosa, conviene revisarla antes de presentar la solicitud. Un mal encaje puede dar margen a la empresa para cuestionarla.

Qué documentación conviene tener según el tipo de cuidado

Una parte importante de los conflictos sobre esta excedencia no nace del derecho, sino de cómo se documenta. Si el cuidado se refiere a un hijo o hija, la base suele ser sencilla: libro de familia, certificado de nacimiento o resolución de adopción, guarda o acogimiento. Si el supuesto afecta a un familiar, normalmente conviene preparar mejor la carpeta: documentación que acredite parentesco, informes que reflejen la necesidad de cuidado, circunstancias de dependencia o la imposibilidad razonable de que el familiar se valga por sí mismo. No hace falta entregar más de la cuenta, pero tampoco ir con las manos vacías.

En la práctica, la empresa no tiene derecho a convertir la petición en una investigación invasiva de tu vida privada. Lo que sí puede hacer es pedir una base razonable que explique por qué estás usando esa figura y no otra. Por eso la estrategia buena no es enfrentarse de entrada, sino aportar lo suficiente para cerrar el encaje jurídico sin regalar información irrelevante. Ese equilibrio ahorra muchos roces y evita que el conflicto gire hacia un terreno emocional en vez de mantenerse en el plano laboral.

Cuando el cuidado afecta a personas mayores o familiares con deterioro progresivo, una buena idea es acompañar la solicitud de una breve explicación práctica. No un relato dramático, sino algo claro: quién es el familiar, qué necesidad de cuidado existe, por qué esa necesidad impide mantener la actividad ordinaria y desde cuándo se prevé la excedencia. En Tenerife, donde muchas familias reparten cuidados entre municipios distintos y donde los desplazamientos complican mucho la rutina, aterrizar la petición ayuda bastante a que la empresa no la lea como una abstracción.

Cómo vigilar la reincorporación para que no sea una vuelta de mentira

Volver no consiste solo en que te digan «vente el lunes». La reincorporación correcta también exige mirar a qué puesto vuelves, con qué horario, con qué funciones y con qué trato real. Si estás dentro del periodo de reserva del mismo puesto, ese punto debe respetarse con mucha seriedad. Si ya has pasado a la fase de reserva de un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente, la empresa sigue teniendo margen limitado: no puede usar la vuelta como excusa para degradarte, vaciarte de funciones o colocarte en una situación claramente peor.

Hay un problema que vemos bastante: la reincorporación formal correcta y la reincorporación material incorrecta. Sobre el papel todo parece bien, pero en la realidad te cambian el centro, te cargan el peor turno, te recortan funciones o te hacen sentir que vuelves «castigada» por haber conciliado. No todo malestar será reclamable, pero cuando esa vuelta llega con un empeoramiento claro o con una respuesta hostil de la empresa, conviene leer el conjunto. En conciliación, muchas vulneraciones no aparecen en la carta, sino en la forma de ejecutar el regreso.

Por eso ayuda muchísimo preparar la reincorporación con antelación. Pide la vuelta por escrito, solicita confirmación expresa, pregunta qué puesto y qué fecha concreta te asignan, y guarda la respuesta. Si la empresa deja las cosas en el aire, insiste con educación pero con claridad. No conviene volver «a ver qué pasa» si puedes llegar con la situación delimitada. Esa pequeña prevención evita muchos malentendidos posteriores.

En empresas grandes de Tenerife, el problema a veces no es mala fe, sino descoordinación entre RR. HH., jefatura de centro y mandos intermedios. En empresas pequeñas, en cambio, lo habitual es la gestión demasiado personal. En ambos extremos sirve la misma regla: si la reincorporación importa, que quede escrita. La forma no sustituye al derecho, pero lo hace mucho más defendible.

Cuando la excedencia por cuidado convive con otras medidas

Hay personas que no saben si usar esta excedencia, una reducción de jornada, una adaptación horaria o una mezcla ordenada de varias herramientas en distintas etapas. Y la duda es razonable. No siempre hace falta pasar de trabajo ordinario a suspensión total del contrato de un día para otro. A veces la salida inteligente es escalonada: primero una adaptación, después una reducción, y solo si la situación se vuelve imposible, la excedencia. O al revés: un periodo corto de excedencia bien usado puede permitir reorganizar el cuidado y volver luego con una medida menos intensa.

Lo importante es no decidir solo por cansancio. Si el cuidado es muy intenso y te impide trabajar con normalidad, la excedencia por cuidado puede protegerte mucho mejor que una salida improvisada. Si el problema es de franjas horarias o desplazamientos, puede que otra medida encaje mejor. La buena estrategia es la que protege tus ingresos, tu tiempo y tu posición laboral al mismo tiempo. Por eso merece la pena mirar el mapa completo antes de mover ficha.

Preguntas prácticas que conviene resolver antes de pedirla

Antes de enviar la solicitud, hay tres preguntas muy concretas que suelen ordenar mucho la decisión. La primera es cuánto tiempo necesitas de verdad. No el máximo teórico, sino el tiempo real que ahora mismo te permitiría cuidar sin romper el vínculo laboral. La segunda es qué va a pasar con tus ingresos y con la economía doméstica durante ese periodo. Y la tercera es cómo quieres preparar la vuelta: si prevés reincorporarte al agotar el plazo, si crees que antes convendrá estudiar otra medida de conciliación o si la situación familiar sigue siendo incierta.

Hacer ese pequeño ejercicio no es burocracia. Es estrategia. La excedencia por cuidado protege mucho, pero funciona mejor cuando se usa con una idea clara de entrada, permanencia y retorno. En Tenerife, donde muchas familias dependen de dos sueldos y además soportan desplazamientos largos entre trabajo, colegio, consultas o domicilios de mayores, esa planificación práctica ayuda incluso más que en otros contextos. La ley da cobertura; la organización evita sobresaltos.

Si además en la misma empresa la otra persona progenitora o cuidadora está valorando una medida parecida, conviene revisar ese detalle antes de pedirla. No para renunciar, sino para presentar una estrategia coherente y evitar que RR. HH. convierta una duda de coordinación en una excusa para retrasar la respuesta.

Preguntas frecuentes sobre excedencia por cuidado en Tenerife

¿Cuánto puede durar la excedencia por cuidado de un hijo?

Hasta tres años por cada hijo, contando desde el nacimiento o desde la resolución correspondiente en adopción, acogimiento o guarda.

¿Y por cuidado de familiares?

Hasta dos años con carácter general, salvo mejora por convenio colectivo.

¿Me guardan exactamente el mismo puesto?

Durante el periodo legalmente protegido existe reserva del mismo puesto. Después, la reserva puede referirse a un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente, con matices según la situación concreta.

¿Cuenta este tiempo para la antigüedad?

Sí, esa es una de las diferencias clave respecto de la excedencia voluntaria.

¿Pueden obligarme a coger otra opción menos favorable?

No deberían. Si la situación encaja en la excedencia por cuidado, la empresa no puede vaciar el derecho redirigiéndote sin más a una baja voluntaria o a una solución informal.

¿Qué hago si la empresa pone pegas a la reincorporación?

Hay que revisar el momento del regreso, el periodo de reserva aplicable, las comunicaciones intercambiadas y la realidad del puesto. Conviene actuar rápido y con prueba.

Conclusión: conciliar no debería costarte el contrato

La excedencia por cuidado de hijos y familiares existe precisamente para que la necesidad de cuidar no desemboque en una renuncia laboral desprotegida. Es una figura seria, con base legal clara y con derechos muy relevantes. La clave está en escogerla cuando corresponde, formularla bien y no dejar que la empresa la diluya con silencios o informalidades.

Si estás en Tenerife y necesitas valorar si tu caso encaja, si ya has pedido la excedencia y te han contestado de forma dudosa, o si el problema está en la reincorporación, puedes consultar con Álamo Antúnez Abogados. En temas de conciliación, una buena decisión a tiempo protege mucho más que una reclamación improvisada cuando el conflicto ya está abierto.

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