Finiquito:
qué te tienen que pagar
y en cuánto tiempo
El finiquito no es solo «lo que me debían». Tiene varios conceptos, un cálculo específico y derechos que muchas empresas ignoran o calculan mal. Si te lo han dado, revísalo. Si no te lo han dado, reclámalo.
El finiquito es uno de los documentos laborales que más confusión genera. ¿Qué tiene que incluir? ¿Es lo mismo que la indemnización? ¿Puedo negarme a firmarlo? ¿Qué pasa si la empresa no lo da o lo da mal calculado? Esta guía responde todas esas preguntas con datos concretos y aplicados al mercado laboral de Tenerife.
Qué es el finiquito (y qué no es)
El finiquito es la liquidación final de la relación laboral: el documento en el que la empresa te paga todos los conceptos económicos que te debe en el momento en que se extingue el contrato. No es lo mismo que la indemnización —que es un concepto concreto dentro del finiquito o junto a él—, y tampoco es lo mismo que el paro —que es una prestación del SEPE que solicitas después.
El finiquito puede incluir la indemnización por despido (si la hay), pero también puede existir sin indemnización: cuando te vas voluntariamente o cuando el despido es procedente, el finiquito incluye los conceptos pendientes pero no la indemnización de 33 días/año.
Qué debe incluir el finiquito obligatoriamente
Cómo calcular el finiquito: ejemplo práctico para Tenerife
Ana trabaja en un hotel del Sur de Tenerife. Sueldo bruto: 1.680 €/mes (14 pagas — 2 extras semestrales). Le despiden el 15 de marzo de 2026. Tiene 15 días de vacaciones pendientes de 2026 y la empresa no le ha pagado ninguna paga extra de 2026 todavía.
Para calcular la indemnización, el salario diario incluye: salario base + complementos fijos regulares + parte proporcional de pagas extras. Si el convenio establece complementos adicionales (plus nocturnidad, plus festivo, complemento de antigüedad), también pueden computar. La empresa siempre intentará usar el salario más bajo; verifica que el cálculo sea correcto.
Cuándo tiene que pagarte la empresa el finiquito
No existe un plazo legal expreso fijado en días, pero la doctrina judicial y el sentido del artículo 49 del ET son claros: el finiquito debe entregarse en el momento de la extinción del contrato, es decir, en el último día de trabajo o junto con la comunicación del despido.
En la práctica, muchas empresas retrasan el pago. Esto tiene consecuencias legales:
- El artículo 29.3 del ET establece un interés de demora del 10% anual sobre los salarios impagados
- El trabajador puede presentar papeleta de conciliación para reclamar el finiquito sin esperar a que la empresa lo pague voluntariamente
- La empresa que no paga el finiquito puede ser sancionada por la Inspección de Trabajo
Omitir las vacaciones no disfrutadas (muy frecuente), calcular las pagas extra sin incluir los meses del año en curso, usar el salario base sin complementos, omitir horas extra pendientes, no incluir todos los complementos del convenio. Estos errores pueden suponer diferencias de cientos o miles de euros.
¿Firmo o no firmo el finiquito?
Esta es la pregunta que más hacen los trabajadores. La respuesta depende de la situación:
- Puedes firmarlo sin ningún problema si incluye todos los conceptos correctamente calculados y no incluye ninguna renuncia a reclamar nada más
- Debes firmarlo con la mención «no conforme» si crees que el importe no es correcto o que faltan conceptos, pero quieres cobrar lo que ofrecen mientras reclamas la diferencia
- No tienes obligación de firmarlo si crees que no es correcto. La empresa no puede obligarte a firmarlo y no puede despedirte por no firmarlo
- Nunca firmes documentos que incluyan expresiones como «renuncio a cualquier reclamación presente o futura» o similares sin que un abogado lo haya revisado primero
Sí. Firmar con la mención «no conforme» cobra el importe ofrecido pero deja abierta la reclamación por la diferencia. Es la opción más práctica cuando el finiquito está incompleto o mal calculado pero quieres acceder al dinero que sí es correcto. Después tienes 1 año para reclamar los conceptos pendientes.
Si la empresa no te paga: el FOGASA como garantía
Si la empresa no puede pagar el finiquito por insolvencia o concurso de acreedores, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) actúa como garantía subsidiaria:
- Salarios impagados: hasta el doble del SMI diario (2 × 40,70 €/día en 2026 = 81,40 €/día) multiplicado por los días pendientes, con un máximo de 120 días
- Indemnización: hasta 20 días de salario por año trabajado, con máximo de 1 año de salario
Para cobrar del FOGASA hay que haber reclamado previamente a la empresa y contar con una resolución judicial o administrativa que acredite la deuda. El FOGASA no sustituye la reclamación: es el colchón cuando la empresa no tiene con qué pagar.
Preguntas frecuentes sobre el finiquito
El finiquito en Tenerife: lo que marca la diferencia
En Tenerife, el finiquito de muchos trabajadores está condicionado por el Convenio de Hostelería, que puede establecer conceptos adicionales al mínimo legal: complementos de nocturnidad, festivos, complementos de puesto, complementos de antigüedad y pluses de transporte o manutención. Si tu empresa no ha incluido estos conceptos en el finiquito, puede estar pagando de menos.
Además, en el sector turístico es frecuente que los contratos incluyan comisiones por ventas, bonus de temporada o complementos vinculados a la ocupación hotelera. Todos esos conceptos deben reflejarse en el finiquito si estaban devengados y no cobrados.
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