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El despido improcedente es el más frecuente y el más mal calculado. La empresa te ofrece una cifra. Esa cifra casi nunca incluye todos los conceptos salariales correctos ni los salarios de tramitación que te corresponden si hay juicio. Usa nuestra calculadora — la más completa de Tenerife — y llévanos la carta de despido antes de firmar nada.
⚠️ Plazo improrrogable: 20 días hábiles desde el despido. Pasado ese plazo el despido queda firme y pierdes el derecho a reclamar más indemnización aunque el despido sea claramente ilegal.
Más de 15 años especializándose exclusivamente en derecho laboral en Tenerife. Ha gestionado más de 500 casos de despido, incapacidad permanente y accidentes de trabajo en los Juzgados de lo Social de Santa Cruz de Tenerife y La Laguna. Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife.
Un despido improcedente es el que carece de causa legal válida o no ha seguido el procedimiento que exige el Estatuto de los Trabajadores. El juez lo declara improcedente cuando la empresa no puede probar los hechos que alega, cuando la causa no alcanza la gravedad suficiente, o cuando omitió los pasos formales obligatorios.
La consecuencia legal es doble y la empresa debe elegir: readmitirte en el mismo puesto y condiciones, o pagarte una indemnización de 33 días de salario por año trabajado con un tope de 24 mensualidades. En la práctica casi ninguna empresa readmite — pero casi todas ofrecen una indemnización incorrecta.
| Tipo de despido | Indemnización | Máximo | ¿Empresa elige? | ¿Salarios tramitación? |
|---|---|---|---|---|
| Improcedente (desde 12/02/2012) | 33 días/año | 24 mensualidades | Sí — readmisión o indemnización | Sí, si no reconoce en 48h |
| Improcedente (tramo pre-12/02/2012) | 45 días/año | 42 mensualidades (ese tramo) | Sí | Sí |
| Nulo | No hay fija — readmisión obligatoria | — | No — readmisión forzosa | Sí, siempre y sin límite |
| Objetivo procedente | 20 días/año | 12 mensualidades | No aplica | No |
| Disciplinario procedente | 0 € | — | No aplica | No |
Introduce tus datos reales — no solo el salario base del contrato, sino todos los conceptos que el ET exige incluir. La calculadora aplica automáticamente el tramo anterior a febrero 2012 si corresponde.
Incluye el tramo anterior a febrero 2012, pagas prorrateadas y salarios de tramitación. El cálculo más completo de Tenerife.
* Estimación orientativa basada en los datos introducidos. El resultado real depende de todos los conceptos salariales reales, la documentación disponible y el criterio judicial aplicable. Esta calculadora es la más completa de Tenerife pero no sustituye el análisis de tu caso por un abogado.
El «salario regulador» que debe usarse para calcular la indemnización no es el salario base del contrato. El Tribunal Supremo ha definido reiteradamente que debe incluir todos los conceptos salariales que el trabajador percibe con regularidad. La empresa tiene todos los incentivos para calcularlo sobre el mínimo posible.
| Concepto salarial | ¿Entra en el cálculo? | Cómo se computa | Error habitual |
|---|---|---|---|
| Salario base mensual | ✅ Siempre | Importe mensual de nómina | — |
| Prorrata de pagas extraordinarias | ✅ Siempre | (Importe paga × nº pagas) ÷ 12 | La empresa lo omite en el 60% de los casos |
| Plus fijo de convenio colectivo | ✅ Siempre si es regular | Importe mensual exacto | Lo tratan como «extrasalarial» para excluirlo |
| Nocturnidad / peligrosidad habituales | ✅ Sí si son regulares | Media de los últimos 12 meses | Alegan «variabilidad» para no incluirlo |
| Comisiones por ventas regulares | ✅ Sí si son habituales | Media anual de los últimos 12 meses | Excluyen meses altos de la media |
| Plus de transporte salarial (según convenio) | ⚠️ Depende del convenio | Solo si el convenio lo califica como salarial | Siempre lo excluyen aunque el convenio diga que es salarial |
| Horas extraordinarias habituales | ⚠️ Si son regulares | Media mensual si las realizas sistemáticamente | Las excluyen siempre alegando variabilidad |
| Dietas y gastos de desplazamiento | ❌ No | — | Son extrasalariales, no computan |
| Ayudas de estudio, guardería | ❌ No | — | Son extrasalariales |
En el 60% de los casos que revisamos, la empresa no incluye las pagas extraordinarias en el cálculo de la indemnización. Para un trabajador con salario base de 1.500 € y dos pagas de 1.500 € cada una:
Cálculo incorrecto de la empresa: 1.500 €/mes × 12/365 = 49,32 €/día
Cálculo correcto: (1.500 + 250 prorrata pagas) × 12/365 = 57,53 €/día
Con 8 años de antigüedad: 49,32 × 33 × 8 = 13.012 € (empresa) vs 57,53 × 33 × 8 = 15.189 € (correcto)
Diferencia: 2.177 € que la empresa se queda si el trabajador acepta sin revisar.
La reforma laboral del Real Decreto-ley 3/2012 redujo la indemnización por despido improcedente de 45 días a 33 días por año. Pero esta reducción no fue retroactiva: los años trabajados antes del 12 de febrero de 2012 siguen calculándose a 45 días/año, con un tope de 42 mensualidades para ese tramo.
Esto es lo que la calculadora aplica automáticamente cuando introduces una fecha de inicio anterior a esa fecha. Muchas empresas aplican 33 días a toda la antigüedad, ignorando el tramo anterior a 2012 — y muchos trabajadores lo aceptan por desconocimiento. La calculadora te muestra exactamente cuánto pierdes si eso ocurre.
Si empezaste a trabajar antes de 2012 y llevas más de 14 años en la empresa, el tramo dual puede suponer una diferencia de 5.000 a 15.000 € adicionales respecto a aplicar 33 días a toda la antigüedad. Es el error de cálculo con mayor impacto económico en los despidos de trabajadores veteranos.
Cuando la empresa no reconoce el despido como improcedente en las primeras 48 horas y el caso va a juicio, el trabajador tiene derecho a cobrar su salario completo desde el día del despido hasta la fecha de la sentencia. En los Juzgados de lo Social de Tenerife, ese período suele ser de 8 a 14 meses.
Muchas empresas esperan al acto de conciliación ante el SEMAC (15-30 días tras el despido) para reconocer la improcedencia. Lo hacen para cortar los salarios de tramitación en 15-30 días en lugar de en 8-14 meses. Es perfectamente legal. Sin embargo, si en conciliación no ofrecen la indemnización completa y correctamente calculada, ir a juicio puede compensar económicamente incluso sumando los salarios de tramitación adicionales.
Cuando un trabajador firma «en conformidad», acepta que las cantidades son correctas y completas. Aunque no impide técnicamente impugnar el despido, en la práctica bloquea la reclamación de diferencias en el cálculo. En el 70% de los finiquitos que revisamos el cálculo está incorrecto. La solución: firma siempre «no conforme» o «recibido», nunca «en conformidad».
La empresa tiene todos los incentivos para calcular a su favor. Omitir las pagas prorrateadas, ignorar el tramo pre-2012, excluir complementos salariales — todo suma. La diferencia entre la oferta inicial y lo correcto suele ser de 2.000 a 10.000 € según la antigüedad. Siempre merece la pena una revisión antes de aceptar.
El plazo de 20 días hábiles es el más estricto del derecho laboral. No hay prórroga ni excepción. Llama el mismo día que recibes la carta — aunque solo sea para saber si debes actuar. Una consulta temprana no compromete nada y puede salvarte el plazo.
Carta de despido, últimas 12 nóminas, contrato (todas las versiones si hubo modificaciones), emails o mensajes relacionados con el despido, y el convenio colectivo de tu sector. Si la empresa envió comunicaciones previas que puedan justificar el despido o que lo contradigan, también. Cuanta más documentación, más sólida es la posición.
El despido disciplinario es el tipo de despido que con más frecuencia resulta improcedente cuando se analiza en detalle. La empresa tiene que probar los hechos, que sean suficientemente graves y que siguió el procedimiento correcto (incluyendo el convenio colectivo). Si falla en cualquiera de esos tres puntos, es improcedente. Más del 70% de los disciplinarios que revisamos tienen argumentos para impugnar.
Con solo 2 años de antigüedad y salario de 1.600 €, la indemnización base es ~3.500 €. Pero si hay salarios de tramitación de 10 meses, el total supera los 19.500 €. Y si el despido tiene algún matiz de nulidad (baja reciente, reclamación previa, embarazo), el escenario cambia radicalmente. Merece la pena consultar siempre.
Revisamos la carta, el contrato y las nóminas. Te decimos en menos de 24 horas si el despido es impugnable, si hay salarios de tramitación potenciales, cuál es la indemnización real y si hay algún matiz de nulidad que no habías considerado.
Presentamos la papeleta ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Canarias. Este paso interrumpe el plazo y abre la vía extrajudicial. La citación para el acto suele llegar en 15-30 días.
En el SEMAC intentamos el acuerdo. Si la empresa ofrece la indemnización completa y correctamente calculada, cerramos. Si no, vamos al juzgado con el acta de intento fallido — que es el paso previo necesario para presentar demanda.
Presentamos demanda detallada. En el juicio, la empresa debe probar cada punto de la carta de despido. Nosotros atacamos cada debilidad: hechos no probados, causa desproporcionada, defectos de procedimiento, cálculo incorrecto. Los juicios de despido en Tenerife se celebran habitualmente entre 4 y 8 meses desde la demanda.
Con sentencia favorable ejecutamos el cobro íntegro: indemnización + salarios de tramitación + intereses por demora. Si la empresa no paga voluntariamente en el plazo fijado, embargamos sus cuentas bancarias y créditos de clientes. No paramos hasta que cobras hasta el último euro.
En más de 15 años revisando cartas de despido en Tenerife, la conclusión es siempre la misma: las empresas rara vez ofrecen espontáneamente lo que corresponde. No siempre por mala fe — a veces es la gestoría que calcula sobre el mínimo, a veces es estrategia deliberada. El resultado es el mismo: el trabajador que no revisa cobra menos. Nuestra labor es nivelar esa información.
Álamo Antúnez Abogados · Especialistas en Derecho Laboral en Tenerife · +15 años«He tenido una experiencia magnífica con una situación muy complicada. Javier Álamo me demostró ser un gran abogado, meticuloso, paciente y firme. Todo salió perfecto. Mi recomendación es absoluta.»
«Después de 7 años en la misma empresa, sufrí un despido improcedente. Gracias a Álamo Antúnez, logré que la empresa me pagara mi indemnización completa. Profesionalidad y trato cercano en todo momento.»
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«El equipo de Álamo Antúnez demostró una gran profesionalidad y un trato muy cercano. Me sentí arropada y confiada en que estaban defendiendo mis derechos. Gracias a su gestión, obtuve una indemnización que no me querían dar.»
«Después de una larga batalla por mi incapacidad permanente, los abogados de Álamo Antúnez lograron que me concedieran la pensión que me correspondía. Su experiencia en derecho de la Seguridad Social fue fundamental.»
«Profesionales de verdad. Me llamaron al día siguiente de contactar y me explicaron todo con detalle. 100% recomendados. El proceso fue mucho más sencillo de lo que pensaba gracias a su ayuda.»
Lleva tu carta de despido y tus últimas nóminas. En 24 horas calculamos lo que realmente te corresponde — con todos los conceptos, el tramo pre-2012 si aplica y los salarios de tramitación potenciales.
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