Abogado de Contratos de Trabajo en Tenerife
En Álamo Antúnez Abogados somos especialistas en derecho contractual laboral en Tenerife. Le asesoramos antes de firmar, durante la relación laboral y ante cualquier conflicto derivado de su contrato de trabajo.
Nuestro equipo de abogados laboralistas en Tenerife revisa, negocia y reclama ante contratos abusivos, irregulares o fraudulentos.
Tipos de contrato de trabajo
Tras la reforma laboral de 2022 (RDL 32/2021), los tipos de contrato se simplificaron:
- Contrato indefinido: la regla general. Incluye el indefinido ordinario, el fijo-discontinuo y el indefinido adscrito a obra (construcción)
- Contrato temporal por circunstancias de la producción: solo para incrementos ocasionales e imprevisibles de la actividad o situaciones puntuales (máximo 6 meses, ampliable a 12 por convenio)
- Contrato temporal de sustitución: para sustituir a un trabajador con reserva de puesto (IT, maternidad, excedencia)
- Contrato formativo: en alternancia (16-30 años, vinculado a formación reglada) o para obtención de práctica profesional (hasta 3 años desde el título)
Fraude en la contratación temporal
La contratación temporal fraudulenta sigue siendo una de las irregularidades más frecuentes. La empresa encadena contratos temporales sin causa real o usa la modalidad temporal cuando debería contratar indefinido. Supuestos habituales:
- Encadenamiento de contratos temporales: si en 24 meses el trabajador ha estado contratado más de 18 meses (con o sin solución de continuidad) para el mismo puesto, se considera indefinido (art. 15.5 ET)
- Contrato temporal sin causa justificada: si no existe el incremento ocasional e imprevisible ni la sustitución real, el contrato es indefinido desde el inicio
- Contrato a tiempo parcial fraudulento: jornada parcial en contrato pero jornada completa real, sin pagar las horas extra
- Periodo de prueba abusivo: superior al máximo legal (6 meses técnicos titulados, 2 meses resto; 3 meses en empresas <25 trabajadores para no cualificados)
Cláusulas abusivas
Algunas cláusulas que las empresas incluyen en los contratos son nulas de pleno derecho:
- Renuncia anticipada a derechos: cláusulas que obligan a renunciar a reclamar cantidades, indemnizaciones o derechos futuros
- No competencia sin compensación: el pacto de no competencia post-contractual (art. 21 ET) requiere compensación económica adecuada e interés industrial legítimo. Sin ellos, es nulo
- Exclusividad sin justificación: impedir al trabajador trabajar para otros sin base legal
- Penalizaciones por baja voluntaria: salvo pacto de permanencia con formación específica financiada por la empresa (art. 21.4 ET, máximo 2 años)
Modificación sustancial de condiciones
El art. 41 ET permite a la empresa modificar condiciones sustanciales (jornada, horario, sistema de remuneración, funciones) por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. El trabajador puede:
- Aceptar la modificación
- Impugnar ante el Juzgado de lo Social en 20 días hábiles si la considera injustificada
- Extinguir el contrato con derecho a indemnización de 20 días/año (máximo 9 mensualidades) si la modificación afecta a jornada, horario, régimen de turnos, sistema de remuneración o funciones
Revisión de contrato antes de firmar
Ofrecemos un servicio de revisión preventiva de su contrato de trabajo antes de firmarlo. Verificamos:
- Que el tipo de contrato se ajusta a la realidad de la prestación
- Que la categoría profesional y el salario corresponden a las tablas del convenio colectivo
- Que las cláusulas adicionales (no competencia, exclusividad, permanencia) son válidas y proporcionadas
- Que el periodo de prueba no excede los límites legales
Contacta con nosotros
Si necesita asesoramiento sobre su contrato de trabajo o cree que contiene irregularidades, contacte con nosotros:
- 📞 Teléfono: 822 043 335
- 📍 Dirección: Calle de la Puerta Canseco, 35, Santa Cruz de Tenerife
- 🕘 Horario: lunes a viernes, 09:00 – 19:00
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