¿Qué es un ERE y un ERTE?

Un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) es un procedimiento que permite a la empresa realizar despidos colectivos cuando concurren causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Está regulado en los artículos 51 y 52.c del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015).

Un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) es un mecanismo que permite a la empresa suspender contratos de trabajo o reducir la jornada de forma temporal, con obligación de reincorporar a los trabajadores cuando cese la causa. Se regula en los artículos 47 y 47 bis del Estatuto de los Trabajadores.

En Álamo Antúnez representamos tanto a trabajadores afectados por ERE y ERTE como a empresas que necesitan asesoramiento para tramitar estos procedimientos correctamente en Tenerife.

Tipos de ERE

  • ERE de extinción (despido colectivo): Afecta a un número determinado de trabajadores en un período de 90 días (art. 51.1 ET). Requiere período de consultas con los representantes de los trabajadores y comunicación a la autoridad laboral.
  • ERE de suspensión: Suspende los contratos temporalmente. Hoy se tramita como ERTE (art. 47 ET).
  • ERE de reducción de jornada: Reduce la jornada entre un 10% y un 70%. También se tramita como ERTE.

Umbrales del despido colectivo (ERE de extinción)

El artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores exige el procedimiento de despido colectivo cuando los despidos afectan, en un período de 90 días, a:

  • 10 trabajadores en empresas de menos de 100 empleados.
  • El 10% de la plantilla en empresas de entre 100 y 300 empleados.
  • 30 trabajadores en empresas de más de 300 empleados.
  • La totalidad de la plantilla si afecta a más de 5 trabajadores y la empresa cesa su actividad.

Derechos del trabajador en un ERE

  • Indemnización mínima: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades (art. 53.1.b ET). En el período de consultas se puede negociar una cantidad superior.
  • Prestación por desempleo: Derecho a cobrar el paro desde el día siguiente a la extinción del contrato.
  • Prioridad de permanencia: Los representantes de los trabajadores tienen prioridad de permanencia (art. 51.5 ET). Los convenios colectivos pueden ampliar esta prioridad a otros colectivos.
  • Impugnación: Si consideras que el ERE no cumple los requisitos legales o que las causas alegadas no son reales, puedes impugnar tu despido individualmente ante el Juzgado de lo Social.
  • Plan de recolocación: Obligatorio en ERE que afecten a más de 50 trabajadores (art. 51.10 ET).

Derechos del trabajador en un ERTE

  • Reincorporación garantizada: El ERTE no extingue el contrato — la empresa debe reincorporarte cuando cese la causa.
  • Prestación por desempleo: Tienes derecho a la prestación contributiva durante la suspensión o por las horas reducidas.
  • Prohibición de horas extra: Durante un ERTE de reducción de jornada, la empresa no puede exigir horas extraordinarias.
  • Formación: En los ERTE por causas ETOP, la empresa debe ofrecer acciones formativas.
  • Cotización: La empresa mantiene la obligación de cotizar por la parte exonerada.

¿Cuándo necesitas un abogado laboralista?

  • La empresa ha iniciado un ERE o ERTE y necesitas saber si cumple los requisitos legales.
  • Formas parte del comité negociador y necesitas asesoramiento durante el período de consultas.
  • Te han incluido en un ERE y consideras que los criterios de selección son discriminatorios.
  • La empresa no respeta la prioridad de permanencia de los representantes de los trabajadores.
  • Sospechas que el ERE es fraudulento (la empresa contrata nuevos trabajadores o externaliza funciones tras el ERE).
  • Eres empresario y necesitas tramitar un ERE o ERTE ajustado a la legalidad para evitar la nulidad del procedimiento.

En Álamo Antúnez defendemos tus derechos laborales ante ERE y ERTE. Analizamos la documentación, verificamos que se cumplan los requisitos legales y te representamos durante el período de consultas y ante los tribunales.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un ERE y un ERTE?

El ERE extingue definitivamente los contratos de trabajo. El ERTE los suspende o reduce la jornada de forma temporal, con derecho a reincorporación cuando cese la causa.

¿Tengo derecho a indemnización en un ERE?

Sí. La indemnización mínima legal es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades (art. 53.1.b ET). En la negociación se puede pactar una cantidad superior.

¿Puedo cobrar el paro durante un ERTE?

Sí. Tienes derecho a la prestación por desempleo durante la suspensión o reducción de jornada.

¿Puede la empresa despedirme durante un ERTE?

Técnicamente sí, pero el despido durante un ERTE puede ser declarado improcedente o nulo si la empresa no justifica causas distintas a las del propio ERTE.

¿Te han incluido en un ERE o ERTE?

Contacta con nuestro despacho. Revisamos la documentación y te asesoramos sobre tus derechos y opciones legales.

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