Abogado de Diferencias Salariales en Tenerife
En Álamo Antúnez Abogados somos especialistas en la reclamación de diferencias salariales en Tenerife. Si le están pagando menos de lo que le corresponde por convenio colectivo, categoría profesional o acuerdo contractual, tiene derecho a reclamar.
Nuestro equipo de abogados laboralistas en Tenerife analiza su situación y reclama las cantidades adeudadas con intereses.
¿Qué son las diferencias salariales?
Las diferencias salariales son las cantidades que la empresa debe al trabajador por haberle pagado menos de lo que legalmente le corresponde. Las causas más habituales son:
- Categoría profesional inferior: el trabajador realiza funciones de una categoría superior a la que figura en su contrato y cobra por la inferior
- Convenio colectivo mal aplicado: la empresa no aplica las tablas salariales del convenio vigente o no actualiza las subidas anuales
- Complementos no abonados: antigüedad, nocturnidad, peligrosidad, toxicidad, turnicidad u otros complementos pactados que no se pagan
- Horas extras no retribuidas: trabajo fuera de la jornada ordinaria sin compensación económica ni descanso
- Discriminación salarial: brecha retributiva por género, origen o cualquier otra causa prohibida por el art. 28 del Estatuto de los Trabajadores
Categoría profesional y funciones reales
El art. 39 del Estatuto de los Trabajadores regula la movilidad funcional. Si un trabajador realiza de manera habitual funciones de una categoría superior durante más de 6 meses en un año (u 8 meses en dos años), tiene derecho a reclamar el ascenso y las diferencias salariales correspondientes.
Es una situación muy frecuente: trabajadores contratados como «auxiliar administrativo» que ejercen de «oficial» o «responsable de departamento», o peones que realizan trabajos de oficial de primera. La empresa ahorra en salario a costa del trabajador.
Convenio colectivo: tablas salariales
Los convenios colectivos fijan las retribuciones mínimas por categoría profesional. La empresa debe aplicar la tabla salarial del convenio que corresponda a su actividad y territorio. Los errores más comunes:
- Aplicar un convenio de ámbito inferior (provincial en lugar de estatal) cuando el estatal es más favorable
- No actualizar la tabla salarial cuando se publica la revisión anual en el BOE o BOC
- No pagar el complemento de antigüedad o trienios que establece el convenio
- Absorber complementos salariales con subidas del SMI de forma indebida
Discriminación retributiva
La igualdad retributiva está garantizada por:
- Art. 28 ET: «el empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución»
- RD 902/2020 de igualdad retributiva: obliga a las empresas a llevar un registro retributivo con valores medios desagregados por sexo
- Art. 14 CE y Directiva 2006/54/CE: principio de igualdad de trato
Si la diferencia salarial entre trabajos de igual valor supera el 25%, la empresa debe justificar objetivamente la causa. En caso contrario, se presume discriminación laboral.
Plazo para reclamar
El plazo de prescripción para reclamar diferencias salariales es de 1 año desde que debieron abonarse (art. 59.1 ET). Esto significa que solo se pueden reclamar las diferencias del último año. Es fundamental actuar cuanto antes para no perder meses de reclamación.
Procedimiento de reclamación
- Análisis previo: estudiamos sus nóminas, contrato y convenio colectivo para calcular las diferencias exactas
- Requerimiento extrajudicial: comunicación formal a la empresa solicitando el pago
- Papeleta de conciliación: ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de Santa Cruz de Tenerife
- Demanda judicial: ante el Juzgado de lo Social si la empresa no paga voluntariamente
- Intereses de mora: las cantidades reconocidas judicialmente devengan un 10% de interés (art. 29.3 ET)
Contacta con nosotros
Si cree que le están pagando menos de lo que le corresponde, contacte con nuestro despacho para una valoración de su caso:
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