Abogado de Funcionarios y Empleados Públicos en Tenerife

En Álamo Antúnez Abogados defendemos los derechos de funcionarios, personal estatutario e interinos en Tenerife. El empleo público tiene una regulación propia — el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP, Real Decreto Legislativo 5/2015) — que exige un conocimiento específico que va más allá del Derecho laboral ordinario.

Nuestro equipo de abogados laboralistas en Tenerife asesora tanto a funcionarios de carrera como a personal laboral de la Administración, interinos y personal eventual en todas las cuestiones que afectan a su relación de servicio.

Áreas de actuación en empleo público

Procesos selectivos y oposiciones

Impugnamos convocatorias, bases, baremos y resultados de procesos selectivos cuando vulneran los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad (arts. 55 y ss. EBEP). Actuamos tanto en fase administrativa (recurso de alzada o reposición) como en vía contencioso-administrativa ante los Juzgados de Santa Cruz de Tenerife.

Estabilización de interinos (Ley 20/2021)

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público estableció procesos de estabilización para plazas ocupadas de forma temporal durante más de 3 años. Asesoramos a interinos en:

  • Impugnación de bases de convocatorias de estabilización que no respetan los criterios legales
  • Reclamación de compensación económica equivalente a 20 días por año de servicio en caso de no superación del proceso (disposición adicional 8ª)
  • Recursos contra la no inclusión de plazas en la oferta de estabilización
  • Defensa frente a ceses en fraude de ley tras años de nombramientos sucesivos

Carrera profesional y retribuciones

Reclamamos diferencias retributivas, trienios no reconocidos, complementos específicos y de destino, productividad y carrera profesional horizontal. La Administración canaria tiene particularidades retributivas que exigen conocimiento del régimen autonómico.

Régimen disciplinario

Defendemos a empleados públicos ante expedientes disciplinarios por faltas leves, graves y muy graves (arts. 93-98 EBEP). Garantizamos el respeto a las garantías procedimentales: derecho de audiencia, presunción de inocencia, proporcionalidad de la sanción y prescripción.

Situaciones administrativas

Asesoramos en excedencias, servicios especiales, comisiones de servicio, permutas, movilidad entre Administraciones, reingreso y rehabilitación. Cada situación tiene plazos y requisitos específicos cuyo incumplimiento puede suponer la pérdida de derechos.

Incompatibilidades y compatibilidad

La Ley 53/1984 de Incompatibilidades y la normativa canaria regulan cuándo un empleado público puede ejercer una segunda actividad. Tramitamos solicitudes de compatibilidad y defendemos ante expedientes por ejercicio de actividad incompatible.

Diferencia entre jurisdicción contencioso-administrativa y social

Una cuestión clave es ante qué jurisdicción reclamar:

  • Funcionarios de carrera e interinos: jurisdicción contencioso-administrativa (recurso previo en vía administrativa + demanda ante Juzgado de lo Contencioso)
  • Personal laboral de la Administración: jurisdicción social (papeleta SMAC + demanda ante Juzgado de lo Social), con las particularidades del art. 96.2 EBEP sobre readmisión obligatoria en despido improcedente

Identificar correctamente la vía procesal es fundamental: un error en la jurisdicción supone la pérdida del plazo y, con él, del derecho a reclamar.

Preguntas frecuentes

¿Qué indemnización le corresponde a un interino cesado tras un proceso de estabilización?

Si el interino no supera el proceso de estabilización de la Ley 20/2021, tiene derecho a una compensación económica equivalente a 20 días de retribuciones fijas por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades (disposición adicional 8ª). Esta compensación es diferente e independiente de cualquier indemnización que pueda corresponder por abuso en el nombramiento temporal.

¿Puedo reclamar si la Administración lleva años renovándome como interino?

Sí. La doctrina del TJUE y del Tribunal Supremo reconoce que la utilización abusiva de nombramientos temporales sucesivos genera derecho a indemnización. El plazo de prescripción se computa desde el cese efectivo, y la cuantía depende de las circunstancias concretas del caso.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir una sanción disciplinaria?

Para funcionarios: 1 mes para interponer recurso de alzada o reposición desde la notificación de la resolución sancionadora, y 2 meses para la demanda contencioso-administrativa desde la resolución del recurso administrativo (o desde su desestimación por silencio). Para personal laboral: 20 días hábiles desde la notificación para la demanda ante lo Social.

¿Puedo pedir una segunda actividad como funcionario?

Depende del tipo de actividad. La regla general es la incompatibilidad, pero existen excepciones: actividades privadas que no comprometan la imparcialidad, docencia universitaria, producción literaria/artística, participación en tribunales de oposiciones. Debe solicitarse autorización de compatibilidad antes de iniciar la segunda actividad — ejercerla sin autorización puede constituir falta muy grave.

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