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Derecho laboral para empresas
Abogado laboral para empresas en Tenerife
Asesoramiento laboral para prevenir conflictos, tomar decisiones documentadas y responder con seguridad cuando aparece un problema.
Atención en Tenerife15 años de experienciaColegiados ICATF
En Álamo Antúnez Abogados estudiamos la gestión laboral de tu empresa de forma individual. Revisamos los documentos relevantes, te explicamos las opciones en un lenguaje claro y te acompañamos en la decisión que corresponda.
Asesoramiento sobre la gestión laboral de tu empresa en Tenerife
Una buena decisión empieza por revisar el contexto completo: qué ha ocurrido, qué documentos existen y qué plazos pueden ser relevantes. No todos los casos siguen el mismo camino; por eso planteamos el análisis de forma práctica y comprensible.
- Contratación, políticas y documentación laboral
- Despidos, sanciones y reorganizaciones
- Prevención de conflictos y acompañamiento ante reclamaciones
Asesoramiento laboral para empresas en Tenerife
Despidos sin sorpresas, inspecciones sin sustos, contratación sin riesgos. Más de 15 años asesorando a empresas de todos los sectores en Tenerife: desde autónomos y pymes hasta cadenas hoteleras.
- Más de 15 años asesorando empresas en Tenerife
- Redacción de cartas de despido y estrategia disciplinaria
- Defensa ante Inspección de Trabajo y reclamaciones
- Asesoramiento en registro horario digital 2026
- ERTEs, negociación colectiva y modificaciones sustanciales
- Complementamos a tu gestoría con la parte legal
Todo el derecho laboral que tu empresa necesita
No somos una gestoría. Somos abogados laboralistas que litigan en los Juzgados de lo Social, defienden ante la Inspección, diseñan estrategias de despido y negocian con comités de empresa. Complementamos a tu asesoría con la parte legal que ellos no cubren.
Despidos y extinciones
Cartas de despido (disciplinario, objetivo, colectivo) que minimizan impugnación. Cálculo de indemnizaciones, finiquitos, conciliación y juicio.
Inspección de Trabajo
Preparación, defensa ante actas de infracción, alegaciones y recursos ante la autoridad laboral de Canarias.
Contratación
Tipos de contrato, cláusulas, períodos de prueba, no competencia, subcontratación y cesión ilegal.
Registro horario y jornada
Registro horario obligatorio (art. 34.9 ET), adaptación a la digitalización obligatoria, horas extra y turnos.
Negociación colectiva
ERTEs, modificaciones sustanciales (art. 41 ET), traslados colectivos, períodos de consultas con comités.
Defensa ante reclamaciones
Representación cuando tus trabajadores demandan: despido, reclamación de cantidad, acoso, sanciones.
Auditoría laboral
Contratos, nóminas, registro horario, PRL, igualdad, protocolo acoso. Identificamos riesgos antes de la sanción.
ERTEs y reestructuraciones
Tramitación completa de ERTEs, EREs, despidos colectivos. Documentación técnica y negociación.
Hostelería y turismo
Hoteles, restaurantes, turismo. Fijos discontinuos, subrogación, jornadas especiales, convenios del sector.
Registro horario digital: lo que tu empresa debe saber
El registro de jornada es obligatorio desde 2019 (RDL 8/2019, art. 34.9 ET). El Gobierno tramita una reforma que impondrá la digitalización obligatoria, eliminando papel y Excel. No cumplir ya acarrea sanciones.
📊 Sanciones LISOS por incumplimiento de jornada y registro horario
La LISOS tipifica como infracción grave la transgresión de normas sobre jornada y registro (art. 7.5). La reforma prevista podría elevar multas hasta 10.000€ por trabajador.
leves
graves
muy graves
Obligaciones actuales: registrar inicio y fin de jornada diaria, conservar registros 4 años, disponibles para Inspección y representantes. Si tu empresa no tiene esto implementado, estás expuesto.
SMI 2026: 1.221 €/mes (RD 126/2026). Verifica que ningún trabajador a jornada completa cobre por debajo. Regulariza atrasos desde el 1 de enero de 2026.
Jornada de 37,5 horas: el proyecto fue rechazado en el Congreso en septiembre de 2025. Pero el Gobierno sigue tramitando la reforma del registro horario digital por Real Decreto. Prepárate ahora.
Conocemos los sectores de Tenerife
🏨 Hostelería y turismo
Hoteles, restaurantes, catering, agencias. Fijos discontinuos, subrogación, turnos, jornadas especiales, convenio hostelería SC Tenerife.
🏗️ Construcción
Subcontratación, coordinación empresarial, PRL, accidentes de trabajo y recargos de prestaciones.
🛒 Comercio
Apertura domingos, registro horario en turnos rotativos, contratación temporal, categorías profesionales.
🧹 Limpieza y servicios
Subrogación obligatoria, cesión ilegal, gestión de plantilla en concursos públicos, ETTs.
🌾 Agricultura
Jornadas especiales por climatología, contratación de temporada, PRL sector, accidentes.
💼 Pymes y autónomos
Primer contrato, estructura salarial óptima, prevención de conflictos, despidos con mínimo impacto.
Planes de igualdad: obligacion legal para empresas
Desde la entrada en vigor del RD 901/2020, todas las empresas con 50 o mas trabajadores estan obligadas a negociar y registrar un plan de igualdad. El incumplimiento puede acarrear sanciones de la Inspeccion de Trabajo de hasta 225.018 euros en su grado maximo (art. 8.17 LISOS, infraccion muy grave).
Contenido obligatorio del plan de igualdad
El plan debe incluir un diagnostico negociado que analice al menos estas materias (art. 7 RD 901/2020):
- Proceso de seleccion y contratacion.
- Clasificacion profesional y promocion.
- Auditoria retributiva (obligatoria con el plan, regulada por RD 902/2020): analisis de brechas salariales por genero, categoria y tipo de jornada.
- Condiciones de trabajo: jornada, conciliacion, salud laboral.
- Prevencion del acoso sexual y por razon de sexo: el plan debe incluir un protocolo de actuacion (art. 48 LO 3/2007).
El plan se registra en el REGCON (Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos) y tiene una vigencia maxima de 4 anos (art. 9 RD 901/2020). Las empresas de menos de 50 trabajadores no estan obligadas, pero pueden implantarlo voluntariamente y acceder a un distintivo de igualdad.
Registro retributivo obligatorio para TODAS las empresas
Independientemente del tamano, toda empresa debe llevar un registro retributivo (art. 28.2 ET + RD 902/2020) que incluya los valores medios de salario base, complementos y percepciones extrasalariales, desagregados por sexo y categoria. Si la brecha supera el 25% en alguna categoria, la empresa debe justificarla objetivamente.
Proteccion de datos en el ambito laboral
El tratamiento de datos personales de los trabajadores se rige por el RGPD (Reglamento UE 2016/679) y la LOPDGDD (LO 3/2018). Las empresas en Tenerife deben prestar especial atencion a estos puntos criticos:
- Videovigilancia en el centro de trabajo (art. 89 LOPDGDD): permitida para control laboral, pero el trabajador debe ser informado previamente de la existencia de camaras y de su finalidad. Las imagenes se conservan un maximo de 30 dias (art. 22.3 LOPDGDD). Las camaras en vestuarios o zonas de descanso son ilegales.
- Geolocalizacion y GPS (art. 90 LOPDGDD): la empresa puede geolocalizar vehiculos de empresa o dispositivos de trabajo, pero debe informar al trabajador. Fuera de horario laboral, el GPS debe poder desactivarse.
- Control del correo electronico y dispositivos: la empresa puede auditar el uso de herramientas corporativas si existe una politica de uso previamente comunicada. Sin politica, el trabajador tiene expectativa razonable de privacidad (doctrina STS 26/09/2007 y STEDH Barbulescu II).
- Desconexion digital (art. 88 LOPDGDD): los trabajadores tienen derecho a no responder comunicaciones fuera de su horario laboral. La empresa debe elaborar una politica interna de desconexion digital.
Las sanciones de la AEPD por infraccion del RGPD alcanzan los 20 millones de euros o el 4% de la facturacion global (la mayor de las dos cifras).
Prevencion de riesgos laborales: responsabilidades del empresario
La Ley 31/1995 de Prevencion de Riesgos Laborales (LPRL) impone al empresario un deber de proteccion eficaz. No es una cuestion administrativa: el incumplimiento tiene consecuencias penales, civiles y administrativas simultaneas.
Obligaciones clave
- Evaluacion de riesgos (art. 16 LPRL): obligatoria para todo puesto de trabajo, actualizada cuando cambien las condiciones.
- Plan de prevencion: documento que integra la actividad preventiva en la gestion general de la empresa.
- Formacion e informacion (arts. 18-19 LPRL): cada trabajador debe recibir formacion especifica sobre los riesgos de su puesto, en horario laboral y sin coste para el.
- Vigilancia de la salud (art. 22 LPRL): reconocimientos medicos periodicos, voluntarios salvo excepciones (riesgo para terceros, obligacion legal).
- Modalidad organizativa: la empresa debe optar por servicio de prevencion propio, ajeno, mancomunado o asuncion por el empresario (si tiene menos de 25 trabajadores y actividad no peligrosa, art. 30 LPRL).
Consecuencias del incumplimiento
- Sancion administrativa (LISOS): infraccion grave de 2.451 a 49.180 euros; muy grave de 49.181 a 983.736 euros. La Inspeccion puede paralizar la actividad (art. 44 LPRL).
- Recargo de prestaciones (art. 164 LGSS): entre el 30% y el 50% sobre las prestaciones de Seguridad Social del trabajador accidentado, a cargo exclusivo del empresario (no es asegurable).
- Responsabilidad penal (arts. 316-318 CP): el empresario que no facilite los medios de proteccion adecuados, poniendo en peligro grave la vida o salud de los trabajadores, se enfrenta a penas de 6 meses a 3 anos de prision y multa.
- Responsabilidad civil: indemnizacion de danos y perjuicios al trabajador, compatible con las anteriores.
Canal de denuncias: obligacion desde 2023
La Ley 2/2023 de proteccion del informante obliga a disponer de un sistema interno de informacion (canal de denuncias) a:
- Todas las empresas del sector privado con 50 o mas trabajadores.
- Todas las entidades del sector publico.
- Empresas del sector financiero, prevencion de blanqueo, seguridad del transporte y proteccion del medio ambiente, independientemente de su tamano.
Requisitos del canal
- Permitir la presentacion de comunicaciones por escrito o verbalmente, y de forma anonima (art. 7).
- Designar un responsable del sistema independiente (no puede ser el propio gerente investigado).
- Acusar recibo en un maximo de 7 dias y dar respuesta en un plazo no superior a 3 meses.
- Proteger la confidencialidad del informante y prohibir cualquier represalia (despido, sancion, cambio de puesto).
Las sanciones por no disponer de canal o por represalias alcanzan los 1.000.000 de euros para personas juridicas (infraccion muy grave, art. 65 Ley 2/2023). En Tenerife, muchas pymes del sector turistico y de construccion estan obligadas y aun no lo han implantado.
Lo que dicen nuestros clientes
La gestión de RRHH en un hotel es compleja. Álamo Antúnez nos ha brindado apoyo integral en contratos, despidos y negociación con representantes. Fundamental para mantener un ambiente laboral armonioso.
En nuestra asesoría confiamos en Álamo Antúnez para conflictos complejos: despidos disciplinarios, inspecciones, reclamaciones. Su experiencia es de otro nivel.
He tenido una experiencia magnífica. Javier Álamo me demostró ser un gran abogado, meticuloso, paciente y firme. Todo salió perfecto.
Lo que las empresas preguntan
¿Es obligatorio el registro horario digital en 2026?
El registro de jornada es obligatorio desde 2019 (art. 34.9 ET). El Gobierno tramita la digitalización obligatoria. No cumplir acarrea sanciones de 626 a 6.250€ por infracción grave (art. 7.5 LISOS). Conservar registros 4 años.
¿Cuánto cuesta un despido improcedente?
33 días/año (máx. 24 mensualidades). Contratos pre-12/02/2012: 45 días/año previos (máx. 42 mensualidades). Un despido mal ejecutado puede ser nulo: readmisión + salarios de tramitación.
¿Qué pasa si la Inspección visita mi empresa?
Revisa contratos, nóminas, registro horario, PRL y Seguridad Social. Sanciones: leves 60-625€, graves 626-6.250€, muy graves 6.251-187.515€ (LISOS).
¿Cuál es el SMI en 2026?
1.221 €/mes en 14 pagas (17.094€ anuales), RD 126/2026. Efectos retroactivos desde 1 enero 2026. Verifica que ningún trabajador cobre por debajo a jornada completa.
¿Puedo hacer un ERTE?
Sí, con causas ETOP. Requiere comunicación a autoridad laboral, período de consultas, informe técnico y notificación individual. Un ERTE mal tramitado puede declararse nulo.
¿Cómo redactar una carta de despido segura?
Hechos concretos con fechas, calificación jurídica, cálculo indemnización, fecha de efectos y puesta a disposición. Si el trabajador es representante: expediente contradictorio obligatorio.
¿Qué diferencia hay entre asesor y abogado laboralista?
El asesor gestiona nóminas y contratos. El abogado laboralista además litiga en juzgados, defiende ante Inspección y negocia con comités. Complementamos a tu gestoría.
¿Qué servicios laborales necesita mi empresa?
Los más demandados: cartas de despido, defensa ante reclamaciones, sanciones laborales, inspecciones, registro horario, ERTEs, negociación colectiva y prevención.
Prevenir cuesta menos que litigar
Un despido mal ejecutado o una inspección sin preparar puede costar más que años de asesoramiento. Hablemos.
La información de esta página es informativa y no constituye asesoramiento jurídico.
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Asesoramiento laboral para empresas en Tenerife
En Álamo y Antúnez Abogados asesoramos a empresas de Tenerife en materia laboral: contratación, modificaciones, sanciones y despidos conforme a la ley para minimizar riesgos. Trabajo estratégico y preventivo, con el abogado que conoce tu empresa. Consúltanos sin compromiso.
📞 822 04 33 35 💬 WhatsApp directo
📍 Calle Puerta Canseco 35, 1ºB · Santa Cruz de Tenerife · Lunes a viernes 09:00–17:00
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo conviene consultar sobre la gestión laboral de tu empresa?
Conviene hacerlo cuanto antes, especialmente si has recibido una carta, una notificación o un documento que pueda tener plazo. Una primera revisión permite ordenar la información y decidir con mayor seguridad.
¿Qué documentación debo preparar?
Trae las comunicaciones recibidas y los documentos relacionados con tu caso. Según la situación, pueden ser útiles contratos, nóminas, informes, resoluciones, correos o mensajes.
¿Atendéis casos en Tenerife?
Sí. Atendemos consultas desde Tenerife y valoramos cada asunto de manera individual, explicando con claridad la documentación necesaria y los siguientes pasos.
Hablemos de tu caso
Cuéntanos brevemente tu situación y prepararemos la primera conversación con la documentación adecuada.
La información de esta página es general y no sustituye el análisis individual de tu caso.
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