Enfrentarte a un despido es una situación crítica en la que cada decisión cuenta. Los errores que cometas en las primeras horas y días pueden costarte miles de euros en indemnización o, directamente, la posibilidad de reclamar. Como abogados laboralistas en Tenerife con años de experiencia en los Juzgados de lo Social de Santa Cruz, te explicamos los 10 errores más frecuentes y cómo evitarlos con la ley en la mano.
Errores en el momento del despido
1. Firmar el finiquito «conforme» sin revisarlo
Es el error más caro y el más común. La empresa te pone un documento delante y te presiona para que firmes de inmediato. Si firmas «conforme» o «recibido y conforme», estás aceptando las cantidades como correctas, lo que dificulta enormemente una reclamación posterior.
Qué hacer: tienes derecho a firmar añadiendo «No conforme» junto a tu firma (art. 49.2 del Estatuto de los Trabajadores). También puedes solicitar la presencia de un representante de los trabajadores durante la firma. Si te niegan esta opción, hazlo constar.
2. No exigir la carta de despido por escrito
El artículo 55.1 del ET exige que el despido disciplinario se notifique por escrito, indicando los hechos que lo motivan y la fecha de efectos. Sin carta escrita, el despido es automáticamente improcedente (art. 55.4 ET). Lo mismo aplica al despido objetivo (art. 53.1 ET), que además requiere poner a disposición la indemnización de 20 días/año y conceder 15 días de preaviso.
Qué hacer: si te comunican el despido verbalmente, no abandones el puesto de trabajo. Acude a tu abogado de inmediato — el despido verbal es improcedente por defecto.
3. Devolver material o marcharte sin documentar
Algunas empresas aprovechan la confusión del momento para que el trabajador devuelva llaves, teléfono y ordenador sin dejar constancia. Después, alegan que el trabajador «abandonó voluntariamente» o que no devolvió equipos.
Qué hacer: antes de marcharte, pide un recibo firmado de todo lo que entregues. Haz fotos del acta de entrega. Si te impiden acceder a tu correo corporativo, anótalo — puede constituir destrucción de pruebas que te favorece en juicio.
Errores en los días posteriores
4. Dejar pasar el plazo de 20 días hábiles
Este es el error irreversible. El artículo 59.3 del ET establece un plazo de caducidad (no prescripción) de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Pasado ese plazo, pierdes el derecho a reclamar. No se cuentan sábados, domingos ni festivos, pero el plazo es breve.
Atención: la presentación de la papeleta de conciliación suspende el plazo durante 15 días hábiles (art. 65.1 LRJS), lo que te da margen para preparar la demanda.
5. No solicitar el certificado de empresa para el SEPE
Para cobrar la prestación por desempleo necesitas el certificado de empresa. La empresa está obligada a entregarlo (art. 267.1.a.5 LGSS). Si no lo hace, puedes solicitarlo directamente al SEPE, pero mientras tanto tu prestación se retrasa.
Qué hacer: exígelo por escrito el mismo día del despido. Tienes 15 días hábiles desde el cese para inscribirte como demandante de empleo y solicitar la prestación.
6. No conservar pruebas de la relación laboral
El día que te despiden pierdes acceso al correo, a la intranet y a tus herramientas de trabajo. Si no has guardado documentación previamente, te quedarás sin pruebas para el juicio.
Qué guardar: contrato de trabajo, nóminas (especialmente las últimas 12), registro horario (art. 34.9 ET), correos relevantes, evaluaciones de desempeño, comunicaciones con RRHH y cualquier documento que acredite tus funciones reales y antigüedad.
Errores con las pruebas: lo que pierdes si no documentas
Muchos trabajadores despedidos cometen errores irreversibles con las pruebas en las primeras 48 horas. El juzgado decide sobre documentos, no sobre relatos:
| Error con las pruebas | Qué pierdes | Qué deberías hacer |
|---|---|---|
| Borrar mensajes del móvil | WhatsApps con el jefe son prueba documental válida (STS 19/07/2018). Sin ellos, es tu palabra contra la suya | Exportar conversaciones completas a email antes de devolver el móvil de empresa |
| Devolver el portátil sin copia | Correos internos que prueban acoso laboral, instrucciones de la empresa, horarios reales | Hacer copia de seguridad de emails y documentos laborales relevantes (no confidenciales de la empresa) |
| No pedir testigos | Los compañeros que presenciaron el despido verbal pueden declarar en juicio. Semanas después, «no se acuerdan» | Anotar nombres de testigos y pedirles que confirmen los hechos por escrito (art. 90.1 LRJS) |
| Firmar la carta sin leer | Firmar la carta de despido = recibió la carta, NO conforme. Pero muchas cartas incluyen cláusulas de «recibo y conforme» o de renuncia a acciones | Añadir «No conforme» junto a la firma. Si incluye renuncia, no firmar y llamar a un abogado |
Regla de oro: todo lo que no esté documentado, no existe para el juez. Un WhatsApp del jefe diciendo «mañana no vengas más» vale más que un testigo que «cree recordar» algo. Guarda todo, clasifica por fecha, y llévalo al abogado en la primera consulta.
Errores en la negociación y el proceso
7. Aceptar una indemnización sin verificar el cálculo
La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado (máximo 24 mensualidades) para contratos posteriores al 12 de febrero de 2012, y de 45 días/año (máximo 42 mensualidades) para la antigüedad anterior a esa fecha (Disposición Transitoria 11ª ET). El salario regulador incluye todos los conceptos salariales: base + complementos + prorrata de extras.
Muchas empresas calculan sobre el salario base, no sobre el salario regulador completo. La diferencia puede ser de miles de euros.
8. Descuidar el acto de conciliación (SMAC)
La conciliación previa es obligatoria antes de acudir a juicio (art. 63 LRJS). Es tu primera y, a menudo, mejor oportunidad de negociar. Muchos trabajadores acuden sin preparación o sin abogado y aceptan ofertas muy por debajo de lo que les corresponde.
Consejo: acude siempre con tu abogado laboralista. En el SMAC de Santa Cruz de Tenerife (Avda. José Manuel Guimerá, 10), el letrado de la empresa suele tener instrucciones de negociación — un abogado con experiencia en estos actos obtiene acuerdos significativamente mejores.
9. No impugnar un despido «procedente» sin más
Que la empresa califique tu despido como procedente no significa que lo sea. La carga de la prueba recae sobre la empresa (art. 105.1 LRJS): es ella quien debe demostrar los hechos que alega. Si no puede, el despido se declarará improcedente y tendrás derecho a indemnización o readmisión.
10. No reclamar por miedo a los costes
En la jurisdicción social no hay costas procesales para el trabajador (art. 235.1 LRJS). Si tienes ingresos por debajo del umbral, tienes derecho a justicia gratuita (art. 2.d de la Ley 1/1996). Y la mayoría de abogados laboralistas trabajamos con honorarios vinculados al resultado: si no ganas, no pagas.
Errores económicos: lo que te cuesta cada día de retraso
No solicitar la prestación por desempleo a tiempo
Tienes 15 días hábiles desde el despido para solicitar la prestación en el SEPE (art. 209 LGSS). Si te retrasas, no pierdes el derecho, pero pierdes los días de retraso: la prestación se reduce día por día a partir del día 16. En Tenerife, las citas en el SEPE de Santa Cruz pueden tardar 5-7 días — pide cita el mismo día del despido.
Aceptar un acuerdo sin calcular
Antes de aceptar cualquier oferta en el SMAC o por la empresa, calcula cuánto te corresponde realmente:
- Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 mensualidades (art. 56.1 ET)
- Despido objetivo procedente: 20 días/año, tope 12 mensualidades (art. 53.1 ET)
- Finiquito: vacaciones no disfrutadas + parte proporcional de pagas extras + salario hasta la fecha de efectos
- Salarios de tramitación: solo si eres representante legal o el juez declara nulidad (art. 56.2 ET)
Si la empresa ofrece menos del 70% de lo calculado, conviene rechazar en el SMAC e ir a juicio. En los Juzgados de lo Social de Tenerife, el juicio se celebra en 4-8 meses y la tasa de éxito del trabajador en improcedencia supera el 60%.
Resumen: plazos críticos que no puedes perder
| Acción | Plazo | Base legal |
|---|---|---|
| Papeleta de conciliación SMAC | 20 días hábiles | Art. 59.3 ET |
| Solicitar prestación desempleo SEPE | 15 días hábiles | Art. 268 LGSS |
| Demanda tras conciliación fallida | Resto de los 20 días + 15 suspensión | Art. 65.1 LRJS |
| Reclamación de cantidades (salarios, extras) | 1 año (prescripción) | Art. 59.1 ET |
¿Me pueden despedir estando de baja médica?
Sí, pero desde la Ley 15/2022, de igualdad de trato, un despido durante incapacidad temporal se presume discriminatorio si la empresa no acredita una causa real independiente de la baja. Si el juez lo declara nulo, la empresa debe readmitir + pagar salarios de tramitación + posible indemnización por vulneración de derechos fundamentales (6.000-25.000 € en la práctica de Canarias).
¿Puedo cobrar desempleo si firmo un acuerdo en el SMAC?
Sí. Un acuerdo en conciliación que reconoce la improcedencia del despido es situación legal de desempleo (art. 267.1.a LGSS). El acta de conciliación sustituye a la carta de despido como documento para el SEPE. No pierdas el acta — es tu pasaporte al paro.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el paro si impugno el despido?
Sí. La impugnación del despido y la solicitud de prestación por desempleo son procesos independientes. Puedes cobrar el paro desde el día siguiente al cese (art. 267 LGSS) mientras tramitas la reclamación judicial. Si ganas el juicio y te readmiten, se descuentan los salarios de tramitación cobrados como prestación.
¿Qué pasa si firmé «conforme» el finiquito?
Firmar conforme no es definitivo: puedes impugnar el despido igualmente. El Tribunal Supremo ha establecido que la firma del finiquito no implica renuncia a la acción de despido salvo que contenga una cláusula explícita de transacción. Eso sí, dificulta reclamar diferencias salariales incluidas en el finiquito. Por eso siempre recomendamos firmar «No conforme».
¿Cuánto cuesta un abogado laboralista para un despido?
En Álamo y Antúnez Abogados la consulta inicial es gratuita. Los honorarios habituales para un proceso de despido oscilan entre 500 y 1.200 € según la complejidad, y muchos casos se resuelven en conciliación sin llegar a juicio. Recuerda que si cumples los requisitos económicos, la justicia gratuita cubre los honorarios íntegros (Ley 1/1996, art. 2.d).
¿Cuánto tarda un juicio por despido en Tenerife?
En los Juzgados de lo Social de Santa Cruz de Tenerife, un juicio por despido suele señalarse entre 2 y 5 meses desde la presentación de la demanda. La sentencia se dicta en 5 días (art. 97.1 LRJS). Si recurres en suplicación al TSJ de Canarias, añade 4-8 meses adicionales.
¿Te han despedido y no sabes por dónde empezar? En Álamo y Antúnez Abogados te asesoramos sin compromiso. 📞 822 04 33 35 · WhatsApp
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